Ministra Plá oficia a la PDI por no respetar fuero maternal

Ministra Plá oficia a la PDI por no respetar fuero maternal

La propia Ministra de la Mujer y Equidad de Género, Isabel Plá se reunió con el Director de la entidad policial para exigir que se respeten los derechos maternales, lo cual estaría amparado, en la Ley 21.129 y oficio al Ministerio del Interior para que tomará conocimiento de los hechos.

Un duro momento enfrenta la Subcomisario de la PDI Alejandra Barra, quien se desempeña en la Bicrim La Serena, luego que la entidad policial le notificará que no respetará sus derechos maternales consagrados en la Ley 21.129 aprobada recientemente en marzo y que establece para todas las funcionarias de las FF.AA , y de Orden y Seguridad (PDI y Carabineros) le será aplicable el derecho a fuero laboral establecido en el artículo 201 del Código del Trabajo, el cual está contemplado desde el inicio del embarazo y hasta un año después de terminado el postnatal. De esta manera el empleador no puede poner término a su contrato de trabajo a menos que cuente autorización previa del Tribunal Laboral, que en la afectada no ocurrió.

En tanto, La Ministra de la Mujer y Equidad de Género Isabel Plá se reunió el 07 de Enero con el Director de la PDI, Héctor Espinosa para darle a conocer los hechos ya que no se estaría respetando la legislación vigente e incluso oficio al Ministerio del Interior.

“La institución (PDI) ha notificado a Alejandra de su desvinculación no obstante encontrarse vigente su fuero maternal. De acuerdo a lo señalado en la ley 21.129, que establece el fuero maternal para las funcionarias de las Fuerzas Armadas, de orden y Seguridad Pública, no correspondería su desvinculación en dicho periodo”,

Para la Seremi de La Mujer y Equidad de GèneroIvon Guerra, quien conoce los hechos, desde que denuncio al Jefe Regional de Coquimbo, Richard Gajardo por acoso laboral, manifestó “Desde el primer minuto sentí que se estaban vulnerando los derechos de ella, ya que el ex Jefe Regional nunca mostró empatía , por lo que estaba pasando, es muy lamentable que estas situaciones ocurran al interior de la PDI”

“ Es una situación tremendamente lamentable que debe vivir una mujer con seis meses de embarazo, porque nosotros desde el 2019 que tenemos una ley que impide que cualquier mujer embarazada sea desvinculada, y aquí no se está cumpliendo esa ley, y además se están vulnerando los derechos, fundamentales”

En tanto la Senadora Adriana Muñoz, no se mantuvo al margen de la decisión que tomó la PDI e indicò lo siguiente:

“Desde que conocimos la situación que vive Alejandra, primero hemos solidarizado con ella, porque es algo emblemático. El fuero maternal es uno de los primeros derechos que pudimos ir ganando respecto a los derechos de las mujeres y es algo que se tiene que respetar, porque es algo consagrado. Por lo mismo hemos tomado el caso con preocupación y además con mucha dedicación y estoy buscando más antecedentes para ayudar a Alejandra para salir de esta situación que la tiene desde el punto de vista humano y psicológico en un estado de bastante fragilidad”.

Los antecedentes de igual forma fueron entregados al Instituto de Derechos Humanos, quienes oficiaran a la PDI para recabar antecedentes.

La funcionaria policial, quien tiene 06 meses de embarazo, y ha recibido el apoyo de diversas organizaciones y entidades gubernamentales, llevará el caso a los Tribunales de Justicia y buscará llegar incluso instancias internacionales como la Corte Interamericana, ya que los derechos maternales se encuentran consagrados en varios tratados internacionales, suscritos y ratificadas por Chile, que obligan al Estado a respetar estos derechos como lo es por ejemplo lo es la Convención N° 25 número 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en 1948; el articulo 10 número 2 del Pacto Internacional de Derechos Economicos Sociales y Culturales, el apartado 2 del artículo de la Convención Sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la mujer , el Protocolo de la ONU, aprobado recientemente en el Congreso y ratificado por Chile en el año 1989; Convenio N° 103 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por Chile el 14 de Octubre de 1944; que se refiere específicamente a la protección de la maternidad, y en la Convención Belem do Para.

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