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A ley proyecto que prorroga la vigencia de directivas de comunidades y asociaciones indígenas y Conadi

A ley proyecto que prorroga la vigencia de directivas de comunidades y asociaciones indígenas y Conadi

Por unanimidad, el Senado respaldó la enmienda introducida por la Cámara de Diputados, al proyecto que prorroga el mandato de los miembros de las directivas de las comunidades y asociaciones indígenas, y la vigencia de los actuales representantes indígenas del Consejo Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile, y quedó en condiciones de convertirse en ley.

Cabe señalar, que al 30 de junio del presente, vencerá el 71% de las personas jurídicas de las asociaciones indígenas y el 23% de las comunidades indígenas.

En tanto, el 21 de junio venció el período por el cual fueron nombrados los actuales consejeros del Consejo Nacional de la Conadi. A este respecto la Cámara precisó que no se puede prorrogar un período vencido, por lo que se optó por sustituir en el nuevo artículo 18 transitorio que incorpora, la frase “y que actualmente se encuentren ejerciendo sus cargos hasta la publicación en el Diario Oficial del decreto que designe los nuevos representantes” por la siguiente: “y que hubieren cumplido el plazo por el cual fueron designados durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública (…)”, tal como explicó la senadora Luz Ebensperger.

En concreto, se prorrogará el período por el cual fueron elegidos los miembros de las directivas de las comunidades y asociaciones indígenas, que cumplan el plazo durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, quienes permanecerán en sus cargos hasta tres meses después de que el estado de excepción, o su prórroga, haya finalizado; y, por otra parte, permanecerán los actuales representantes indígenas del Consejo Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

CHANGOS

Efectuar un reconocimiento de la subsistencia de la etnia de los Changos, cuyos miembros mantienen elementos comunes, como costumbres, creencias y estructura de organización o rasgos, es uno de los objetivos del proyecto de ley que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo Chango como etnia indígena de Chile. La Sala inició el debate en particular de la iniciativa y, a solicitud del Comité RN, la votación de la iniciativa se concretará en una próxima sesión.

Con todo, la iniciativa reconoce como Changos a las comunidades costeras ubicadas principalmente desde la II a la V Región; disponiéndose que se procurará proteger especialmente el hábitat de este pueblo originario, constituido por el borde costero, playas, islas y roqueríos, como asimismo la biodiversidad y ecosistemas marinos que garantizan su desarrollo y supervivencia.

Extiende el reconocimiento como tierras indígenas a aquellas ubicadas en las Regiones II, III, IV y V, que actualmente ocupen personas o comunidades indígenas, en propiedad o posesión, y que hayan sido adquiridas como beneficiarios de los procesos de reforma agraria de los años ’60.

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