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Corte de Santiago confirma multa a Esval por planta de tratamiento de aguas servidas de Llay Llay

Corte de Santiago confirma multa a Esval por planta de tratamiento de aguas servidas de Llay Llay

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 60 UTA aplicada por la Superintendencia de Servicio Sanitarios a la Empresa Sanitaria de Valparaíso SA (Esval) por el mal funcionamiento de planta de aguas servidas en Llay Llay.

En fallo unánime (causa rol 6.100-2019), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integradas por los ministros Omar Astudillo, Maritza Villadangos y la abogada (i) Pía Tavolari– rechazó el recurso de casación en la forma deducido por la sanitaria y confirmó sentencia apelada, dictada por el 6° Juzgado Civil de Santiago, que rechazó la reclamación.

«Que el recurso de casación por el motivo reseñado en el considerando anterior deberá ineludiblemente ser desechado, toda vez que respecto de tal reproche basta únicamente leer la resolución objetada para resolver que ella cumple con la exigencia que el reclamante reclama transgredida», sostiene la resolución.

«Precisamente, en el fallo que se revisa es posible constatar que, a diferencia de lo señalado por el recurrente, sí se plasman los fundamentos de hecho y de derecho que sustentan la decisión de rechazó de la reclamación, debiendo considerarse, además, que lo efectivamente impugnado por la parte recurrente, viene a ser el hecho que la decisión adoptada por la juez a quo y los motivos jurídicos en que se apoyó tal pronunciamiento, no resultaron favorables a sus intereses, lo que, por cierto, no constituye la causal de casación en que se apoya el presente arbitrio», añade.

Para el del tribunal de alzada: «(…) los supuestos errores de hecho y de derecho que constituyen las demás alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por la sentenciadora de primer grado para resolver de la forma en que lo hizo, los que esta Corte comparte.

Por tanto, se resuelve:
«I.- Que se rechaza el recurso de casación en la forma deducido en la petición principal de la presentación de fecha veintitrés de enero de dos mil diecinueve.
II.- Que se confirma la sentencia apelada de fecha diecinueve de diciembre de dos mil dieciocho, dictada por el 6° Juzgado Civil de Santiago, en los autos rol N° C-111-2017″.

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