Ministro Max Cancino condena a suboficial en retiro de la Armada como autor de secuestro con grave daño en contra de profesora

Ministro Max Cancino condena a suboficial en retiro de la Armada como autor de secuestro con grave daño en contra de profesora

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Max Cancino Cancino, condenó a un suboficial de Infantería de Marina de la Armada de Chile por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro con grave daño de Sara Martínez Córdova. Ilícito perpetrado en dos oportunidades en septiembre de 1973 y entre octubre y noviembre de ese año, en la ciudad.

En el fallo (causa rol 349-2017), el ministro Cancino Cancino sentenció a Valentín Evaristo Riquelme Villalobos a la pena de 5 años y un día de presidio, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito.

Asimismo, se decretó la absolución de Riquelme Villalobos del cargo que le atribuía autoría en el delito de aplicación de tormentos.

Tras la investigación de rigor, el ministro en visita del tribunal de alzada porteño dio por acreditados los siguientes hechos: “Que existió una agrupación de inteligencia militar, jerarquizada y disciplinada denominada Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior, conocida como SICAJSI, que operó activamente a partir del 11 de septiembre de 1973, conformada por agentes pertenecientes a las diversas reparticiones de la defensa nacional, particularmente por funcionarios de la Armada de Chile, cuyo objetivo principal fue la represión de personas opositoras al régimen militar, para lo cual se procedía a su búsqueda y detención, las que luego eran privadas de libertad para la obtención de información mediante tortura física y psicológica”.

“Luego de ubicar y detener a las personas, las patrullas armadas los conducían hasta la Academia de Guerra Naval, o al edificio contiguo Cuartel Silva Palma, ubicados ambos en Playa Ancha, Valparaíso, lugar donde las personas eran encerradas e interrogadas”, agrega.

La resolución, además, consigna que “Sara Martínez Córdova fue ordenada detener por las autoridades del Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior (SICAJSI), debido a su militancia en el Partido Comunista, lo que se concretó al menos en dos oportunidades, la primera, a fines de septiembre de 1973 y la segunda, en una fecha no precisada entre octubre y noviembre del mismo año”.

“La primera detención se concretó en su lugar de trabajo, en la Escuela N° 49, ubicada en el Cerro Esperanza, Valparaíso –donde se desempeñaba como profesora- y se extendió por dos días. En ambas oportunidades fue conducida por personal de la Armada a la Academia de Guerra Naval, estando en ese lugar, un grupo de interrogadores, organizados y coordinados por los mandos militares, con el objeto que entregare antecedentes acerca de sus compañeros del Partido, encontrándose vendada, sitio en el que procedieron a mantenerla encerrada sin orden judicial que lo justificare, la interrogaron y torturaron mediante violentos golpes, la forzaron a desnudarse y le aplicaron corriente en los dedos de sus manos”, precisa.

Finalmente, el fallo dispone que el sentenciado: “(…) deberá cumplir efectivamente con su pena en el recinto penitenciario correspondiente, no haciéndose lugar a la solicitud de la defensa en orden a que el cumplimiento se haga efectivo en su domicilio, atendido que dicha modalidad no se encuentra contemplada en la ley (…)”.

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