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Corte Suprema rechaza recurso de la municipalidad de Viña del Mar y permite terminar la construcción de condominio con viviendas sociales

Corte Suprema rechaza recurso de la municipalidad de Viña del Mar y permite terminar la construcción de condominio con viviendas sociales

El máximo tribunal ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que determinó la improcedencia de la acción judicial del municipio.

En tanto, desde la inmobiliaria aseguran que las obras se reanudarían en el curso de esta semana, con el proyecto avanzado prácticamente en un 80%.

La inmobiliaria Los Silos III tiene luz verde para retomar la construcción del proyecto de integración social y territorial “Condominio Borinquén”, que está situado en Viña del Mar y beneficiará a familias vulnerables y de sectores medios, luego que la Corte Suprema desestimara un recurso de protección interpuesto por dicho municipio, que mantuvo paralizadas las obras desde septiembre de 2022.

En efecto, la Tercera Sala de la Corte Suprema, de forma unánime, ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que en enero de este año rechazó por tres votos contra cero, el recurso interpuesto por la administración de la alcaldesa Macarena Ripamontti, aludiendo entre otras argumentaciones, que “en su condición de persona jurídica, la entidad recurrente mal podría sostener que su vida o integridad física o síquica se encuentran afectadas o en peligro”.

En esta materia, el tribunal de alzada resolvió que “el recurso o acción de protección no tiene el carácter de acción popular, y por tanto su ejercicio está supeditado a individualizar a quien esté sufriendo la afectación de sus derechos por la actividad del recurrido”, situación que genera una “falta de legitimación activa de la Municipalidad de Viña del Mar.

Asimismo, señala en su fallo, que en este caso en particular no existen derechos indubitados, desde el minuto que han sido cuestionados todos los supuestos de hechos invocados en la acción interpuesta.

Al respecto, el abogado Ricardo Brancoli, socio del estudio Schenke + Brancoli, en representación de la inmobiliaria, señaló que “tal como lo ha indicado la sentencia, es fundamental tener claro que en una acción de esta naturaleza, como lo es un recurso de protección, la existencia de derechos indubitados es trascendental, para que pueda impetrarse y prosperar la acción cautelar, lo que tampoco ha ocurrido en este caso en particular, desde que se han cuestionado prácticamente todos los supuestos de hecho que sirven de fundamento al recurso de protección presentado por la municipalidad”.

Asimismo, para el abogado Brancoli, también se ha sostenido que “existen otros procedimientos legalmente idóneos para reclamar -por ejemplo- la existencia de un daño ambiental, no debiendo recurrir a esta vía para impetrar un daño ambiental, todo ello, sin perjuicio de otras argumentaciones que entregamos, como el hecho que las obras ejecutadas no han afectado de manera alguna el polígono propuesto por la municipalidad como humedal urbano Borinquén, y que no se dan los presupuestos para que el proyecto inmobiliario deba ingresar al Sistema de Evaluación Ambiental”.

Finalmente, con este fallo la inmobiliaria aseguró que las obras se reanudarán en el curso de esta semana, teniendo un proyecto avanzado a la fecha en prácticamente un

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