TOP de Viña del Mar condena a 20 años de presidio al «abogado del metanol» por homicidio calificado

TOP de Viña del Mar condena a 20 años de presidio al «abogado del metanol» por homicidio calificado

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar condenó hoy –jueves 25 de mayo– a Ricardo Javier González Latorre a la pena de 20 años de presidio efectivo como autor de un delito consumado de homicidio calificado a Natalia Véliz, y a 4 años de presidio por un delito frustrado de homicidio calificado en perjuicio de Luis Olivares. Ilícitos perpetrados en 2012 y 2018 en las comunas de Villa Alemana y Quilpué, respectivamente.

En fallo unánime (causa rol 635-2022), el tribunal –integrado por los magistrados Claudia Ortiz Leiva (presidenta), Cristóbal Lira Orphanopoulos y Viviana Poblete Vera (redactora)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que durante 2017 el acusado conoció por redes sociales a Natalia Véliz López y entablaron una relación de amistad y negocios para la comercialización de frutos secos, por lo que ella abrió una cuenta corriente para el depósito de las utilidades de dicho emprendimiento. González Latorre propuso a la víctima contratar seguros de vida, por lo que finalmente contrató tres pólizas en las que el abogado figuraba como beneficiario.

El 28 de junio de 2018, ambos se dirigieron en el vehículo del acusado a un sector de la comuna de Quilpué, y mientras permanecían en el vehículo González Latorre le dio una mezcla de bebida con alcohol metílico, con el objetivo de cobrar los seguros de vida de los que era beneficiario. Al día siguiente, la víctima no se pudo levantar de su cama, ya que tenía fuertes dolores estomacales, dificultad visual, vómitos y mareos, síntomas que se agravaron, por lo que Véliz López asistió a la urgencia del hospital de dicha comuna. Con el pasar de los días, pese a los tratamientos aplicados, su situación empeoró y la víctima falleció el 7 de julio de ese año, producto del envenenamiento.

En un segundo hecho, el tribunal acreditó que entre 2005 y 2006, el abogado sentenciado contrató a Luis Olivares Grondona para realizar unos trabajos de reparaciones viales. Dichas labores no se concretaron, aunque se le pagó la remuneración correspondiente y tras recibir varios llamados de González Latorre fue cesado de las funciones, pero ambos siguieron manteniendo encuentros intermitentes.

Antes de febrero de 2012, el acusado le ofreció a la víctima la contratación de un seguro de vida a beneficio de su pareja, que finalmente resultó tener como beneficiario a alguien relacionado a González Latorre. A fines de ese mes, el condenado invitó a Olivares Grondona a una convivencia de una parcela de Villa Alemana, donde el abogado le ofreció un vino con fruta mezclado con una sustancia tóxica, por lo que la víctima perdió el conocimiento y se desplomó. El ofendido fue trasladado en un vehículo hasta el sector de Colliguay y arrojado en una zanja, donde despertó días más tarde con varias lesiones, la ropa sucia y desorientado, por lo que fue asistido por terceros.

La sentencia aplicó, además, a González Latorre las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Por otra parte, el tribunal absolvió al abogado del delito de fraude al seguro –acusado por la parte querellante de la aseguradora Grupo Security– en el que se le atribuyó participación.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal ordenó la toma de muestras biológicas del sentenciado y su inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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