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Contraloría desestima denuncias contra licitación de sistema de televigilancia implementado por municipio viñamarino

Contraloría desestima denuncias contra licitación de sistema de televigilancia implementado por municipio viñamarino

Alcaldesa Macarena Ripamonti manifestó su plena coincidencia con el informe del órgano contralor y señaló que “esperamos también que los requirentes hagan público este resultado tal como divulgaron fuertemente en su momento, la presentación a la Contraloría, la que hoy nos da la razón”.

En un contundente informe, la Contraloría General de la República desestimó las denuncias realizadas en contra del proceso de licitación que realizó el municipio de Viña del Mar para contar con un nuevo y moderno sistema de televigilancia, por parte de dos empresas que quedaron fuera de forma, por no presentar documentación requerida.
Respecto del informe emitido por la Contraloría, la alcaldesa Macarena Ripamonti manifestó que “nos encontramos satisfechos y felices por el resultado”.

“Hace casi ya dos años, políticos y empresas hicieron denuncias sobre el sistema de licitación de cámaras de televigilancia en Viña del Mar y todas ellas se han desestimado. La Contraloría concluyó que la licitación fue adjudicada de forma correcta, proba, transparente y adecuada. Además, que cursamos multas de manera oportuna y que los reclamos de dos empresas estaban fuera de lugar”, puntualizó la jefa comunal.

La alcaldesa afirmó que “coincidimos plenamente en lo que se ha resuelto”, subrayando que “esperamos también que los requirentes hagan público este resultado tal como divulgaron fuertemente en su momento, la presentación a la Contraloría, la que hoy nos da la razón”.

CONCLUSIONES

En el informe, la Contraloría señala que “se desestiman las denuncias expuestas (…) en torno a la proposición del municipio de contratar por trato directo los servicios de televigilancia a la empresa Ingesmart S:A. y un eventual trato preferencial con dicha sociedad en el contexto de la licitación pública posterior, por haber tenido contacto con el Gerente de aquella en el primer proceso”.

“Ello -precisa el órgano contralor- por cuanto, en el primer caso, dicha iniciativa fue desestimada por el Concejo Municipal y, por consiguiente, no se concretó; mientras que, en el segundo, no se advirtió impedimento legal para dichas gestiones”.

Asimismo, el órgano contralor comprobó la capacidad económica de la empresa adjudicada y que el municipio obró en forma adecuada en esta licitación.

Sobre el incumplimiento del plazo de inicio del servicio y las multas correspondientes, la Contraloría verificó que “a través de los oficios Nos 19, 1 y 5, de 9 de marzo, 27 de abril y 27 de mayo de 2022 respectivamente, el municipio comunicó a la empresa la aplicación de multas por incumplimientos en la implementación del servicio”.

Del mismo modo, se constató que “a través de los oficios Nos 12 y 15, de 8 de septiembre y 14 de diciembre de 2022, respectivamente, el municipio notificó a la citada empresa la aplicación de nuevas multas debido a que el sistema de televigilancia no registró grabaciones durante 154 días, por un valor total de 1.540 UF, lo cual fue materializado mediante decreto alcaldicio N°1.389, de 7 de febrero de 2023. Del mismo modo y por el mismo motivo, a través de oficio N° 1, del día 6 del mismo mes y año, se le informó a la empresa la aplicación de otra multa por 930 UF, equivalentes a 93 días sin registros”.

Sobre la presunta alteración de la capacidad económica de Ingesmart S.A. denunciada por los requirentes, la Entidad de Control estableció que la comisión evaluadora aplicó correctamente los criterios de evaluación en concordancia con las bases de la licitación.

Finalmente, respecto del incumplimiento del plazo de instalación de cámaras, el órgano contralor estableció que “el municipio deberá cursar a la empresa Ingesmart S.A. las multas que en derecho correspondan, por no haber cumplido el plazo de instalación del servicio ofertado, entre otros incumplimientos en la implementación del servicio licitado, lo cual deberá acreditar en el Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en un plazo de 30 días hábiles, contado desde la recepción del presente oficio”.

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