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Consejo Constitucional: a firme artículos sobre nacionalidad y mecanismos para ejecutar derechos sociales

Consejo Constitucional: a firme artículos sobre nacionalidad y mecanismos para ejecutar derechos sociales

Un conjunto de materias relacionadas con la nacionalidad, la ciudadanía y medidas que deben adoptarse para llevar a cabo los derechos sociales de las personas fueron tratadas durante el Pleno del Consejo Constitucional que se desarrolló la mañana de este viernes, en el marco de la discusión del Capítulo II sobre Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales.

La sesión sometió a votación los artículos del 17 al 29 bis y, entre los temas aprobados, se cuenta la indicación que establece que son chilenos los nacidos en nuestro país “con excepción de los hijos de extranjeros que se encuentren en territorio nacional en servicio de su gobierno, y de los hijos de extranjeros transeúntes, todos los que, sin embargo, podrán optar por la nacionalidad chilena”.

En el texto aprobado, además, se reforzó que la nacionalidad chilena se pierde, entre otros puntos, por renuncia voluntaria manifestada ante autoridad chilena competente y por decreto supremo, en caso de “prestación de servicios durante una guerra exterior a enemigos de Chile o de sus aliados y por cancelación de la carta de nacionalización”.

Asimismo, se afirmó que son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido 18 años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. Éstos podrán, también, tener “derecho a sufragio y optar a cargos de elección popular y a los que la Constitución o la ley confieran”.

Por 36 votos a favor, 13 en contra y una abstención, se aprobó que la calidad de ciudadano se pierde, entre otras cosas, por “condena de delitos que la ley califique como conducta terrorista, y los relativos al tráfico de estupefacientes, trata o tráfico de personas”. Además, se pierde por “los delitos que hayan cometido autoridades o funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, y que hubieren merecido, además, pena aflictiva”.

Esto último fue calificado por la consejera Carmen Montoya (PRep) como «un avance y una innovación», ya que –dijo- “elevar los estándares, inhabilidades y sanciones a rango constitucional para combatir la corrupción, es algo fundamental para preservar el vigor y la salud de nuestras instituciones”.

Por su parte, el consejero Alihuen Antileo (Indep.-Pueblos Originarios) recordó que fue «apátrida» y que por ocho años tuvo esa condición junto a su familia. «La nacionalidad es el vínculo con el Estado, que otorga derechos políticos y sociales, y en ese sentido, quiero decir que eso es lo que está y quedará, pero también es bueno reflexionar respecto a lo que no va a quedar escrito”, acotó.

Medidas para los derechos sociales

Otro de los puntos abordados y votados en el Pleno Consejo Constitucional fue que el Estado deberá adoptar medidas adecuadas para realizar los derechos a la salud, a la vivienda, al agua y al saneamiento, a la seguridad social y a la educación. Esta norma fue aprobada por unanimidad. Además, las y los consejeros de las bancadas de Chile Vamos y republicanos, al hacer valer su mayoría, aprobaron varios literales en relación a que para aplicar tales prestaciones se debe considerar “el desarrollo progresivo para lograr la efectividad de los mismos, el aseguramiento de un nivel adecuado de protección para cada derecho, la no discriminación arbitraria, y la responsabilidad fiscal y la satisfacción a través de instituciones estatales y privadas”.

Por unanimidad se determinó -a través de una norma del anteproyecto de la Comisión Experta- que las medidas adecuadas para la realización de estas prestaciones serán determinadas por la ley y las normas fundadas en ella, y que para llevarlas a cabo “los tribunales no podrán definir o diseñar políticas públicas». También se consagró que las personas que por “causa de actos u omisiones ilegales sufran privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio” sobre tales derechos sociales  podrán recurrir a la Corte de Apelaciones respectiva.

Uno de los que intervino en este punto fue el consejero Miguel Rojas (PRep), quien indicó que “en un Estado de derecho, con separación de poderes, son los tribunales los encargados, en último término, de resguardar los derechos de las personas que recurren a ellos en búsqueda de justicia».

Mientras que la consejera Kinturay Melin (RD) dijo que los tribunales siempre deben revisar cada caso en detalle, más todavía si se trata de asegurar los derechos sociales de los chilenos, en especial, los más vulnerables.

Entre aplausos, consejeros consagran derecho a la cultura

Por votación unánime y entre aplausos cerrados, se consagra por primera vez a nivel constitucional el derecho a la cultura, luego que las bancadas concordaran una enmienda de unidad de propósito. Así, finalmente el texto señala que «el Estado resguarda el derecho a participar en la vida cultural y científica», y que «fomentará la actividad cultural mediante distintos mecanismos de financiamiento (…) garantizando la debida pluralidad de visiones». El consejero Miguel Littin (PS) celebró la aprobación de este artículo, al que calificó como «un anhelo de artistas chilenos».

La consejera María Gatica (PRep) calificó al artículo aprobado como «respetuoso, pertinente y justo», y señalo que con él se apoya a las expresiones culturales de Chile.

Estados de excepción

Por otra parte, el Consejo aprobó las normas referidas a los estados de excepción, entre los que se cuentan el estado de asamblea, de sitio, catástrofe y emergencia. Estos solo pueden ser invocados en caso de “guerra externa o interna, grave conmoción interior, emergencia y calamidad pública”, y -como innovación- su solicitud de renovación será informada por una Comisión Bicameral compuesta por diputados y senadores.

Un punto que generó debate fue la aprobación de la propuesta que incluye la “grave amenaza terrorista” como uno de los motivos para invocar el estado de sitio. Desde la bancada republicana, el consejero Héctor Urban justificó la enmienda al señalar que él y su familia han sido víctimas de ataques en La Araucanía, y que “allá afuera hay miles de compatriotas que están a la suerte de la planificación de todos estos actos”.

Desde Unidad para Chile, por su parte, criticaron esta causal al calificarla como “vaga y amplísima”, ya que una “grave amenaza terrorista” podría llevar a decretar el estado de excepción antes de que suceda una determinada situación. El consejero Aldo Valle (PS) también manifestó reparos a que la protección de la infraestructura crítica fuera ubicada en el texto a continuación de los estados de excepción. Finalmente, el artículo resultó rechazado por un acuerdo entre bancadas, y será ubicado -de aprobarse- en el capítulo V de “Gobierno y Administración del Estado”.

Además, se aprobó el epígrafe de los deberes constitucionales, el cual contempla el deber de todos los habitantes de la República de proteger el medio ambiente, el deber de la familia de cuidado de todos sus miembros, el deber del Estado y de las personas de promover la protección de los animales, y el deber del Estado de promover la participación de las personas con discapacidad, entre otros.

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