Buscar
Ante grave crisis financiera, Superintendencia de Educación designa Administradora Provisional en establecimientos municipales de Tiltil

Ante grave crisis financiera, Superintendencia de Educación designa Administradora Provisional en establecimientos municipales de Tiltil

El emisario es una tubería de HDPE más de 700 metros de extensión y 1,2 metros de diámetro, que devuelve el agua de mar con el doble de sal después del proceso de desalación. Su tecnología de punta, que utiliza 36 difusores, permite dispersar esta agua de mar, permitiendo que a sólo 6 metros, la salinidad del agua vuelve a tener la misma condición que la del mar en la zona.

La Superintendencia de Educación emitió una resolución mediante la cual designa a Pamela Readi Vallejos como Administradora Provisional (AP) de los nueve establecimientos públicos de la comuna de Tiltil, Región Metropolitana, con el fin de que se resguarde el derecho a la educación de los cerca de dos mil estudiantes matriculados en esos recintos, que hasta ahora eran administrados por la Corporación Municipal de dicha comuna.

La medida -que había sido solicitada por el alcalde de Tiltil, en febrero pasado, ante la grave crisis financiera de la Corporación Municipal- se funda en una de las causales que considera la Ley N°20.529 -que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la calidad de la educación- y que alude al “atraso reiterado en el pago de las remuneraciones o de las cotizaciones previsionales o de salud del personal del establecimiento”, lo que pondría en riesgo la continuidad del servicio educativo.

Según consigna la resolución de la Superintendencia, la medida se adopta teniendo a la vista que ha existido un “incumplimiento sistemático y reiterado” del pago de las obligaciones previsionales y de salud del personal docente y asistente de la educación”. “La Corporación Municipal de Tiltil ha incumplido sistemáticamente la normativa educacional, en particular el pago de las obligaciones previsionales y de salud del personal docente y asistentes de la educación, como así también el pago íntegro de sus remuneraciones, lo que ha generado interrupciones del servicio educativo durante los últimos años escolares, poniéndose en riesgo la continuidad del servicio educativo”, menciona el documento.

De hecho, entre el año 2018 y 2023, la Superintendencia de Educación ha realizado un total de 150 fiscalizaciones en establecimientos administrados por dicha Corporación Municipal, iniciando procesos administrativos en 62 ocasiones. En cuatro de estas fiscalizaciones -realizadas en años consecutivos- se detectaron incumplimientos en el pago de las cotizaciones previsionales. Por esta razón, se sancionó al sostenedor con la privación temporal de un porcentaje de la subvención general.

A esto se suman las retenciones previsionales y judiciales de la subvención que han sido aplicadas entre enero de 2023 y marzo de 2024, que suman más de $1.600 millones; y las 224 causas pendientes de cobranza judicial por incumplimientos previsionales y de salud, que existen en los tribunales en contra de la Corporación Municipal de Tiltil, y que en conjunto ascienden a más de $29 mil millones.

La actuación de la Administradora Provisional en Tiltil se extenderá al menos durante todo el año laboral docente 2024, hasta el 28 de febrero de 2025.

Pamela Redi es profesora de Historia, Geografía y Educación Cívica de la Pontificia Universidad Católica de Chile, cuenta con un Magíster en Gestión Educacional de la Universidad de Santiago de Chile y ha ejercido como docente, jefa UTP (Unidad Técnico-Pedagógica) y directora de diversos establecimientos de la región Metropolitana.

Facultades del Administrador Provisional

El Administrador Provisional sustituye y asume las funciones del sostenedor de un establecimiento educacional que recibe subvención o aportes del Estado. Su labor es asegurar el adecuado funcionamiento y la continuidad del servicio educativo en esos establecimientos.

Además de las causales contenidas en la Ley N°20.529, también se puede nombrar un Administrador Provisional cuando existe un riesgo de que se afecte la continuidad del servicio educativo; y cuando su designación pueda asegurar el adecuado funcionamiento del establecimiento.

Por su parte, el sostenedor queda inhabilitado para administrar dichos establecimientos y para percibir subvención educacional. Pese a ello, sigue siendo responsable de todas las obligaciones que se hayan generado en virtud del funcionamiento del establecimiento con antelación a la designación del administrador provisional.

noticias relacionadas

En Chañaral: control vehicular permitió recuperar tres automóviles con encargo y detener a sus conductores

Fiscalización a extranjeros en Antofagasta: siete denunciados por infracción a la ley migratoria

Dirección de Vialidad restringe uso del Puente Lo Saldes por algunos desprendimientos en su losa

Ministerio de Desarrollo Social y Familia inauguró nueva Oficina Local de La Niñez en San Vicente de Tagua Tagua

Súmate a nuestra multiplataforma con las señales en vivo