La Corte de Apelaciones de Valparaíso dictó orden de no innovar y prohibió a la empresa Worldcoin SpA utilizar los datos biométricos del recurrente, obtenidos a cambio de un pago con criptomonedas.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jaime Arancibia, Alejandro García y el abogado (i) Felipe Gorigoitia– acogió la reposición deducida en contra de la resolución del pasado 25 de marzo, solo en aquella parte que no concedió la orden de no innovar solicitada.
“Atendido el mérito de los antecedentes, se acoge la reposición deducida en contra de la resolución del veinticinco de marzo, en aquella parte que no concedió la orden de no innovar solicitada, y en su lugar se provee que se concede la orden de no innovar solicitada en el primer otrosí de folio N°1, solo en cuanto la recurrida deberá ‘bloquear’ y/o abstenerse de utilizar los datos biométricos del adolescente recurrente (…), mientras se substancia el presente recurso”, consigna la resolución.