Desde hoy, todas las empresas y organismos del Estado de Chile deberán regirse por la denominada Ley 21.643, normativa conocida como Ley Karin en memoria de la fallecida TENS Karin Salgado, quien se quitó la vida en 2019 tras sufrir acoso laboral en su lugar de trabajo, el Hospital Herminda Martín en Chillán, en la Región del Ñuble.
En Chile existen más de 1.2 millones de empresas que deberán adoptar la nueva legislación en sus procesos internos de prevención, investigación y sanción en casos de acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo, tarea que será asistida por las diversas mutualidades del país, quienes poseen la garantía legal de acompañar el diseño de los protocolos de prevención de cada entidad empleadora.
Así lo ratificó Matías Valdés, abogado de la Fiscalía del Instituto de Seguridad del Trabajo (IST), quien llamó a los empleadores a “dejarse asesorar de manera técnica por su mutualidad, ya que estamos en tarea de que la elaboración e implementación sea positiva para todos los actores”.
En este marco, el IST (Instituto de Seguridad del Trabajo) invitó a las empresas a abordar la Ley Karin como una oportunidad de generar culturas de cuidado, favoreciendo la construcción de empresas más seguras, saludables y sostenibles, a través del trabajo conjunto, ya que el desafío de la normativa es que no se aplique, sino que se instale una cultura de la prevención.
“La legislación otorga un papel crucial a las mutualidades, como son otorgar atención psicológica temprana frente a las denuncias, así como desarrollar acciones de capacitación y difusión”, explicó el gerente de Prevención de IST, Raúl Rojas.
La Ley Karin puede establecer ciertos márgenes para que este camino sea llevado de manera de apalancar resultados positivos y satisfactorios comprendiendo que las organizaciones son redes colaborativas tanto de conversación como de relaciones. Asimismo, incorpora la perspectiva de género, promueve relaciones laborales basadas en un trato libre de violencia, y fortalece el cuidado de la dignidad de las personas.
“Convidamos a todas las entidades empleadoras a aplicar la Ley Karin, implementar nuestros protocolos de prevención, tomar las medidas necesarias para evitar este tipo de conductas y hacerlo de manera participativa y alineada a las capacitaciones que sean necesarias”, explicó Valdés.
Cultura del cuidado laboral
La Ley 21.643, que responde a la ratificación del Convenio 190 de la OIT, busca promover relaciones laborales basadas en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de las personas y con una perspectiva de género, donde todos los trabajadores podrán denunciar y obtener sanciones por hechos de acoso laboral, sexual y violencia ocurridos en su lugar de trabajo.
La gerenta de Cuidado y Desarrollo IST, Tania Labbé, plantea que las exigencias de esta nueva norma solo será posible materializarlas en un trabajo conjunto entre las diferentes partes involucradas, incorporando “conductas de aprendizaje y diálogo colaborativo”, como las que IST ha propuesto desde hace años a sus organizaciones adherentes.
“Desarrollado una mirada que invita a trabajar desde la colaboración, el sentido y lo humano, entregando herramientas para generación redes de conversaciones que promuevan una cultura de trabajo que cuide a las personas, los equipos y las organizaciones”, agregó la experta del IST.
“Entender las organizaciones como redes de relaciones, es fundamental para que estas sean seguras, saludables y sostenibles. Y para eso es esencial promover los aprendizajes colectivos, relacionales, y de competencias conversacionales, lo que ha sido justamente, el sello de trabajo y el quehacer que ha propuesto el IST durante las últimas décadas”, sostuvo Labbé.