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Sumario por acoso sexual en el municipio de Valparaíso termina con funcionario suspendido y con un recorte en su remuneración. El acusado realizó descargos denunciando diversas irregulares en el equipo cercano al alcalde Sharp

Sumario por acoso sexual en el municipio de Valparaíso termina con funcionario suspendido y con un recorte en su remuneración. El acusado realizó descargos denunciando diversas irregulares en el equipo cercano al alcalde Sharp

El municipio de Valparaíso arribó a una conclusión y a una sanción en la denuncia por acoso sexual formulada por la abogada y ex integrante del gabinete del alcalde Jorge Sharp, Tania Quezada, en contra del ex jefe de comunicaciones del municipio Patricio Aeschlimann, hechos que de acuerdo a la denuncia habrían ocurrido en julio del año 2019.

Investigación llevada adelante por la fiscal municipal Carla Meyer y que según su informe acreditó el acoso tras un «abordaje» inadecuado del imputado sobre la efectada, en el contexto de una reunión de trabajo, y aclara que pese a no existir relación de subordinación o dependencia y de la existencia de un trato «cercano y cordial», no son elementos que validen una actuación de esta naturaleza.

Sumario que sentenció la suspensión del empleo por 60 días para el ex jefe de comunicaciones, actualmente en la dirección de desarrollo económico, a lo que se agrega un recorte del 50% en su remuneración. Sin embargo, fuentes de G5noticias sostienen que lo correcto en este caso es haber cursado la destitución del funcionario, por lo cual podrían apelar al castigo aplicado.

En sus descargos, entregados por la abogada Silvia Mena Barrera, el denunciado sostiene que «desde ya esta parte señala a la Sra. Fiscal que los hechos denunciados objeto de la formulación de cargos son total y absolutamente falsos, pues como se desarrollara a lo largo de estos descargos, estamos ante una «mise en escense» en la que participa la denunciante junto con otros personajes, que tienen una clara ganancia secundaria de orden político, esto es, desprestigiar la impoluta administración que ha llevado el Alcalde Sr. Jorge Sharp y su conglomerado político, del que formo parte».

Además sostiene que las pericias psicológicas a la afectada están condicionadas «por la animadversión hacia mi representado», por parte del psicólogo Diego Leon Bagnara, primo de Samuel León Gonzalez, con quien el imputado registra enormes diferencias, entre las cuales están las denuncias de irregularidades entregadas. «Así las cosas, genera desconfianza a esta parte que el sicólogo que atendió a la denunciante y que emitió el certificado médico sea primo de Samuel León Gonzalez, quien precisamente fue desvinculado de la municipalidad gracias a la alerta oportuna de las malas prácticas e irregularidades en las que se vio envuelto el Sr.León y que hizo mi representado a los encargados del control edilicio», sostuvo la abogada del acusado.

También destaca que «los hechos denunciados tienen un componente sumamente complejo a la hora de investigar la ocurrencia o no de estos, y es que NO EXISTE NINGUN TESTIGO PRESENCIAL que pueda señalar si el hecho ocurrió o no… Sin esta probanza resulta complejo sostener una pretensión acusatoria, pues en la especie los documentos y antecedentes que la Sra. Fiscal tuvo al momento de formular los cargos no son de la suficiencia probatoria como para sostener que en efecto el relato de la víctima es veraz, coherente, exento de motivaciones o ganancias secundarias, ni tampoco dan cuenta que el supuesto estado de salud mental de la supuesta víctima, sea atribuible al supuesto evento denunciado por Tania, ni descarta que este pudiese haber sido producido por un evento traumático pretérito» y agrega «a mayor abundamiento, mi representado conoció la vida de Tania Quezada, pues como se señalo ambos tenían una relación cercana, y esta misma le relato en el ámbito de la confianza que tuvo varios episodios traumáticos dentro de su vida amorosa pretérita».

Dura respuesta que es apoyada por una serie de situaciones irregulares, a juicio de Aeschlimann, las que son denunciadas detalladamente, y por las cuales se solicita remitir los antecedentes al Ministerio Público y al Consejo de Defensa del Estado.

«Las reuniones de coordinación empezaron a arrojar las primeras diferencias de tipo ético y político. En concreto el primer conflicto se ocasionó para la campaña del censo 2017. La encargada de esta labor desde la dirección de SECPLA fue la ex funcionaria Rocío Venegas, quien tenía como misión poder estar a cargo del llamado de voluntarios para el censo, tarea para la que se destinaron recursos estatales a fin de desarrollar una campaña publicitaria. Para plantear cuan imprescindible era contar con estos recursos, se reunió a los encargados de las áreas de Prensa (sr. Aeschlimann), Imagen Corporativa y Eventos. Al momento de indicar que contaba con recursos para poder ejecutar una campaña se planteó una de las primeras diferencias con el equipo. En efecto, mi representado era del parecer de que la campaña podía ejecutarse con recursos propios de las unidades, pues se contaba con los profesionales, equipos y plataformas para poder implementarla. De hecho, todas las campañas del municipio se han realizado, hasta la fecha actual, de esta forma. Pero tanto el Sr. Samuel León como el Sr. Robinson Delgado insistieron en que se utilizaran estos recursos, puesto que ya se habían asignado. Ante tal escenario mi representado refiere que don Samuel impulsaba la contratación de una productora audiovisual que pudiera grabar un spot, por su parte, don Robinson planteaba la contratación de un community manager», indican.

Y agregan: «Mi representado insistió en innumerables ocasiones que al interior del municipio se contaba con los recursos propios requeridos para poder desarrollar la campaña, de tal forma de destinar esos recursos a otra necesidad. Lamentablemente su postura fue la minoritaria, pues tanto don Robinson como don Samuel insistieron en la contratación de los reseñados servicios. El argumento detrás de externalizar la campaña era el «profesionalismo y calidad» que se requería para un producto de este tipo. La campaña se realizó y así consta en los archivos y registros de redes sociales del municipio. Para la realización de la campaña se contrató a una productora vinculada a Samuel León la vinculación era tal, que el mencionado funcionario ocupó tiempo de su jornada laboral para ejecutar la grabación del spot publicitario, hecho que consta en el material audiovisual titulado donde los referidos funcionarios aparecen grabando el video que luego se transformaría en el spot publicitario, material que al día de hoy puede visualizarse en la plataforma Youtube».

En el descargo de Aeschlimann se indica que «la situación precedentemente narrada generó la molestia de mi representado, pues el proyecto además tenía como slogan las manos limpias y con los hechos que estaban aconteciendo se arriesgaba de esta forma su principal capital. La sorpresa fue mayor cuando mi representado se entera que la persona encargada de ocupar el rol de Comunity Manager de la campaña era Juanita Chacón, pareja de don Robinson. A ella y a tos actores del spot les pagaría la productora audiovisual, pues ella sería la proveedora de este servicio para el municipio. Todo este acuerdo estaba ocurriendo frente a los ojos de todo el equipo, ideado y comandado por Samuel León y Robinson Delgado, quienes además trabajaban bajo la supervisión, y venia de la abogada del gabinete, Tania Quezada. Esta diferencia ética y política fue planteada por mi representado en la instancia que correspondía, sin embargo, tanto el Jefe de Gabinete como la Sra. Tania Quezada validaron la contratación, Mi representado manifestó su total desacuerdo con lo ocurrido, hecho que provoco el distanciamiento y ruptura irreparable de mi representado con el resto del equipo de Gabinete».

Y luego explica que «Mi representado intento visibilizar esta actuación, estableciendo que era una transgresión evidente a la ética que sustentaba el proyecto, y a mayor abundamiento, constitutiva de delito, por lo que desde ya anuncio a la Sra. Fiscal que mi parte de ser necesario solicitara se remitan los antecedentes al Ministerio Publico, fiscalía local de Valparaíso y se oficie además al Consejo de Defensa del Estado, por estar frente a una eventual negociación incompatible, prevista y sancionada en el artículo 240 del Código Penal».

Pero no se quedó allí, porque también denunció otras irregularidades que involucraban a las mismas personas: «En otras reuniones, en las que participaba el Jefe de Gabinete con el Jefe de Eventos acordaban en qué se destinarían los recursos de una instancia llamada Mesa de Responsabilidad Social que era un aporte que por ley debían realizar las empresas portuarias hacia las organizaciones sociales de la ciudad. Para ello, se constituía una mesa bipartita entre las empresas aportantes y el municipio. En esa mesa se definía cuáles serían las organizaciones beneficiarias de los recursos. El encargado de asistir a esta mesa era nuevamente el encargado de Eventos, Robinson Delgado. En las reuniones del equipo de gabinete se decidió destinar recursos que no eran municipales, sino, de la Mesa de Responsabilidad Social, para ejecutar compras propias del municipio. Para este cometido, se utilizaba a una organización social de pantalla la cual recibía los recursos, y luego, debía ejecutar las compras que se habían definido. El caso más patente fue la compra de un par de equipos computacionales que se requerían para la edición de videos. Samuel León insistía en que el equipamiento con el que se contaba era de tercera categoría y necesitábamos contar con equipamiento más adecuado. Se decidió comprar los equipos a través de una organización llamada La maquinita de los sueños la cual debía adquirir el equipamiento y luego traspasarlo al municipio. Nuevamente mi representado planteo su desacuerdo por cómo se estaban gestionando esos recursos, pero el modelo siguió, siendo constantemente asesorado y supervisado por la abogada del gabinete y denunciante en este proceso tantas veces nombrada Sra. Tania Quezada, cada vez que se quería saber acerca de los recursos de esta llamada mesa de responsabilidad social existía un manto de silencio sobre ia instancia. Siendo esos temas manejados exclusivamente por el Jefe de Gabinete, Tania Quezada y el encargado de eventos».

La abogada defensora sostiene que «recuerda mi representado que un día caminando luego de tomar unas cervezas en el sector de plaza Aníbal Pinto, este le confesó a Tania que creía que la forma en la que operaban los funcionarios Samuel León y Robinson ponía en riesgo el proyecto y que no confiaba en ellos. Revelación amparada en el convencimiento de que ella respaldaría su visión, pues en su rol de abogada de Gabinete debía procurar que no se cometieran irregularidades que pudieran golpear directamente o indirectamente la figura del alcalde. Sin embargo con sorpresa observo como Tania Quezada con el más absoluto estupor justificó las actuaciones de todos ellos insistiendo en que el actuar de estos se ajustaban a la ley. Todas estas manifestaciones, siempre en instancias internas, de las diferencias éticas de mi representado respecto de cómo estaba llevando el gabinete su gestión, provocaron que este fuese sistemáticamente aislado de parte del equipo, a tal punto llegó ese aislamiento, que para la compra de un servicio de impresión para la primera edición del periódico Valparaíso Ciudadano no conto la asesoría de Tania, quien se negó a ofrecerla, aduciendo a que su excesiva carga laboral le impedía ayudarlo, y que ya transcurrido el tiempo no quiso aprender del proceso. Finalmente, debido a su inexperiencia en el sector público y la falta de asesoría por parte de la denunciante lo llevo a cometer un error al solicitar la impresión del periódico, cometiendo una serie de faltas administrativas, siendo la más grave el encargar el servicio sin una orden de compra emitida».

«En ese contexto, al momento de la imprenta requerir el pago, la abogada me recomendó firmar la recepción, de tal manera de que se ejecutara el pago. Sin embargo su sorpresa fue mayor cuando le notificaron del inicio de un sumario en mi contra, por lo que solicito ayuda a la denunciante, quien le, dijo que no se preocupara que era el sumario por haber firmado la recepción de la factura y con eso se debía ejecutar el pago. insistió en que no se preocupara y que ella me redactaría las contestaciones y demás elementos propios del sumario. En la práctica, el sumario trataba acerca de la impresión del periódico sin orden de compra, y por un artículo de la autoría de mi representado en el cual se relataba una reunión del alcalde con el presidente de la Cámara de diputados, donde el alcalde le cobraba al Congreso una deuda histórica para con la ciudad. Tania Quezada preparó los descargos de dicho sumario, documento que fue presentado ante el fiscal Felipe Cornejo, quien al momento de recibir de parte de mi representado el documento y tras una breve examinación le miro extrañado. Al contarle esto a Tania, ella dice: que es porque el fiscal tendrá más pega. Mi representado confiaba plenamente en Tania Quezada, pues tenían una cercanía. Muchas veces ella pasaba por su oficina a tomarse un café, y mi representado también concurría a la de ella con el mismo objeto».

En ese escenario, un par de semanas después de haber formulado los descargos por aquel sumario, asesorado por Tania Quezada, «el director jurídico consultó en un encuentro de pasillo con tono sarcástico quién era su abogado patrocinante, pues en la unidad jurídica estaban sorprendidos de que el escrito de contestación se citaba una norma que correspondía a la legislación vigente en el Perú, no aplicable en Chile, tratándose ni más ni menos que una ley treinta mil y fracción. En ese momento, el error se pudo subsanar, sin embargo a mi representado le llamo poderosamente la atención cómo es que una abogada de la trayectoria de la Sra. Tania Quezada, quien detenta el título de abogado hace mas de 10 años, con un magister en derecho público pudiese cometer un error tan garrafal como el de fundar su defensa jurídica en normas que no existen en nuestro ordenamiento jurídico Chileno».

Entre los argumentos que sustentan la acusación en contra de Aeschlimann la abogada Silvia Mena destaca en su escrito que «la animadversión continuó hacia mi representado y sólo cambió el panorama cuando incorporan en la organización municipal la figura del encargado de comunicaciones. Unidad que debía incorporar bajo su mando a los departamentos de Imagen Corporativa, Prensa, Eventos y Relaciones Públicas. Pero al no estar incorporada esta figura en el organigrama municipal, sólo se requería de la voluntad de las jefaturas para que funcionara el nuevo modelo. Cabe señalar que en dos ocasiones anteriores mi representado le entrego al jefe de gabinete un documento donde detallaba los errores en funcionamientos que tenía el actual organigrama, pues tenía divididas las unidades encargadas de comunicar. Le manifestó en diferentes ocasiones que lo que se utilizaba en la actualidad era la figura de Dirección de comunicaciones y bajo esta estructura debían funcionar todos los departamentos encargados de comunicar. Esto otorgaría unidad en el relato a mostrar».

Incluso sostiene la existencia de dos bandos. «Y se empezó a hablar del «gabinete con 2 cabezas» una representada por el jefe de gabinete formal, Javier Valenzuela, y la otra, representada por quien había asumido el mando de la dirección de comunicaciones.
La posición de mi representado fue clara desde el primer momento. No estaría dispuesto a perpetuar estas malas prácticas, que no hacían más que atentar contra las aspiraciones del Alcalde Sr. Jorge Sharp de llevar adelante una administración absolutamente limpia y libre de malas prácticas. Es en este contexto, en una oportunidad mi representado tuvo que acompañar al Alcalde con una delegación china, y sorprende que el regalo protocolar con el que contaba el municipio era una caja de postales llamada Valparaisología» proyecto que era propiedad del encargado de imagen corporativa tantas veces nombrado Sr. Samuel León. Mi representado hizo presente lo antiético que le parecía que se estuvieran utilizando regalos corporativos de una empresa propiedad del compañero de oficina del jefe de Relaciones Públicas, Es decir, el compañero de escritorio le estaba vendiendo los regalos corporativos al encargado de comprarlos.
Cuando nota esta evidente falta a la ética, le preguntó a Tania acerca de la forma en la que se adquirieron los regalos, la que no se refirió al tema diciéndole que era la unidad de adquisiciones la que debía responder esas preguntas y no ella».

Ante la negativa de entregar mayor información, en el mes de Febrero de 2019 «mi representado comenzó una pequeña indagación, ingresando al portal de compras públicas para ver si efectivamente se habían comprado esos productos y bajo qué fórmula se había realizado, encontrándose con la sorpresa de que estos habían sido comprados en agosto de 2018 y habían sido solicitados por la oficina de Relaciones Públicas y el contacto que aparece en la factura y orden de compra es el Sr. Samuel León. Estos hechos fueron denunciados por mi representado a las autoridades de control de la Municipalidad, resultando finalmente y gracias a la indagación realizada por este la desvinculación del Sra Samuel León González. Sin embargo, y pese a ello el día jueves 21 ó viernes 22 de Marzo mí representado visita la oficina de la Sra. Tanía Quezada, siendo ella quien solicita que suba a su oficina, porque debía devolver un documento importante. Mi representado ingresa a su oficina» y esta le pide buscar entre un cúmulo de papeles que tenía sobre su escritorio, una declaración que versaba sobre el caso de Andrés Cruzat. Luego discutieron acerca del caso de las postales, señalándole mi representado que no confía para nada en Samuel León pues no es posible que haya cometido todas estas irregularidades y que ella como abogada no haya hecho nada. A pesar de lo álgido del tema la discusión fue llevada por ambos en muy buenos términos, no hubo nadie que alzara la voz o esgrimiera sus fundamentos en términos hostiles, De hecho todo esto ocurría mientras leía mi declaración, y ella me contaba acerca de su viaje de 30 días a Australia y compartíamos unas galletas con chocolate que había traído de ese lugar.
Insistimos, que entre Tania Quezada y mi representado existía una relación que los unía, una relación de cercanía, y como corolario de todo anterior es que mi representado por ello se atrevía a decirle a ella todas las irregularidades que ocurrían en Gabinete. Esperando que ella pudiera hacer algo al respecto. Luego de esta conversación mi representado narra que se despide de ella como siempre, de manera afectuosa y sale de su oficina, el resto del día prosigue con total normalidad, hasta que El día 16 de abril de 2019, casi un mes después de su última visita a la oficina de Tania, se entera que existe una acusación verbal en su contra, que hablaría de que este se habría propasado con ella en la última visita a su oficina».

El día martes 25 de junio de 2019, Aeschlimann se entera que existe una denuncia por escrito, en su contra en la cual se le acusa de «acoso». Se le señala que el documento indica un supuesto acoso ocurrido al interior de la oficina de Tania Quezada.

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