El Juzgado de Garantía de Valparaíso dejó sujeto hoy martes 4 de febrero, bajo las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional a Frederik Alexander Landabur Garcés, imputado en calidad de autor del delito consumado de distribución de material pornográfico infantil, ilícito perpetrado en 2024.
En la audiencia de formalización, la magistrada Nora Bahamondes Acevedo consideró que el imputado cuenta con la atenuante de responsabilidad penal de irreprochable conducta anterior, y que la causa podría seguir las normas del procedimiento abreviado o simplificado, atendida la pena determinada para este delito. Por lo tanto, estimó como desproporcionado imponer la medida cautelar de prisión preventiva en esta etapa procesal.


El tribunal fijó el plazo de investigación para esta causa en 90 días.
«En primer lugar, el hecho por el cual se formalizó al imputado en el estándar de una audiencia de control de detención, es decir, que conforme a lo que existe hoy día, la manera preliminar es posible entender que el imputado efectivamente habría participado en los hechos que se señalaron, que es el almacenamiento de material pornográfico de niños, niñas o adolescentes. En este caso se le atribuye a él, específicamente, un video y otros 10 videos cuyo análisis aún se encuentra pendiente. Además, el tribunal estableció que efectivamente él había participado en esto, sin embargo, ahí el Ministerio Público tiene dos obligaciones, en primer lugar la obligación de prevenir y de persecución penal y que estimamos que este tipo de delitos son de la mayor gravedad porque involucran a las personas más desvalidas, que son niños, niñas y adolescentes», explicó el Fiscal de Valparaíso, Maximiliano Krause.
El Fiscal agregó que además del sentido de protección que pueden tener las víctimas, «además se genera la posibilidad de redes o de grupos que se dediquen a la producción de este tipo de material horrendo, pero lo que al fin y al cabo no existirían si no hubiesen consumidores de este tipo de productos o almacenadores. Y desde ese punto de vista, desde la gravedad de la conducta, de la pena que nosotros entendemos que tiene una pena asignada de crimen, el Ministerio Público hace su petición de prisión preventiva. Sin embargo, el tribunal resuelve que no la va a conceder pese a la gravedad de la circunstancia porque la pena, efectivamente, dentro de las de crimen, permite eventualmente, ante un procedimiento abreviado, una rebaja de la pena y además porque este delito no está comprendido dentro de aquellos delitos sexuales que impiden que el que sea condenado tenga que cumplir la pena, por lo menos en alguna parte, de manera efectiva».
«Esos son los argumentos que da el tribunal. Sin embargo, el tribunal lo que sí dispone también es una privación de libertad cuyo incumplimiento podría generar que se decretara la prisión preventiva y que en medida cautelar se decreta el arresto domiciliario total. Igual es una medida privativa, efectivamente no es la que solicitamos, pero ante el rechazo fue la que en definitiva se decretó. En este caso también está lo de la distribución. Además de distribuir esto en un correo al Parque Cultural, ¿existiría alguna distribución a otros entes, a otros lugares?, Bueno, la investigación aún está en curso y los hechos que se comunicaron en la audiencia de formalización son aquellos respecto de los cuales yo hoy día puedo referirme», complementó Krause.
«Lo que se quiso plantear es, o quiso hacer presente, es que el imputado en el contexto de su actividad de director o dirigente de esa fundación (Chile Diverso), a través del correo de la fundación, y en una actividad de la fundación, hace y lleva a cabo esta actividad que genera y termina con su detención en flagrancia por el almacenamiento de este material. Eso es utilizar efectivamente el correo institucional de la fundación, lo que es un abuso o es defraudar la función para la cual se le facilita o genera ese correo», cerró Krause.
Audio Fiscal de Valparaíso, Maximiliano Krause
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