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Despachan a la Cámara: introducción de enfermedades o plagas animales y vegetal será sancionado penalmente

Los equipos intervinieron el sector adyacente a la planta y al emisario, sumándose a una jornada territorial que permitió retirar más de una tonelada de residuos en la bahía de Quintero y Puchuncaví.

El proyecto, respaldado en primer trámite, propone penas de hasta 5 años y multas de más de 69 millones, con el fin de sancionar penalmente la introducción y propagación de enfermedades o plagas animales y vegetal; además, adecua definiciones y amplía facultades del SAG.

El Senado despachó a la Cámara de Diputadas y Diputados, el proyecto que sanciona penalmente la introducción y propagación de enfermedades o plagas animales y vegetal.

La moción -de autoría de las senadoras Alejandra Sepúlveda y Paulina Vodanovic y los exsenadores José Durana y Juan Castro Prieto- fue informada por la senadora Alejandra Sepúlveda, quien recordó que el objetivo del proyecto de ley es modificar las disposiciones penales relativas a enfermedades y plagas vegetales o animales.

“Existe una relación evidente entre el incremento de la plaga de la mosca de la fruta y el aumento del contrabando de productos agropecuarios hacia Chile, situación que pone en riesgo el patrimonio fito y zoosanitario y la salud pública del país, además de distorsionar el mercado y elevar los costos de producción”, sentenció la legisladora.

Ante esto, el proyecto propone, entre otros, perfeccionar el decreto de ley N° 3.557, de 1981, que establece disposiciones sobre protección agrícola, perfeccionando las definiciones pertinentes, ampliando facultades del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG, introduciendo exigencias respecto de mercancías peligrosas para animales y estableciendo una multa al que transporte, almacene o comercialice los productos.

Además, se propone incorporar en el Código Penal, en su artículo 289, «sancionar al que de propósito y sin permiso de la autoridad competente propague una enfermedad animal o una plaga vegetal, sancionándolo con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo”, esto es con hasta 5 años de cárcel.

En tanto, “el que transportare, almacenare o comercializare vegetales, animales, productos de origen vegetal o animal que resultaren peligrosos para la seguridad agropecuaria y alimentaria del país, así como productos químicos y biológicos para uso en actividades agrícolas, productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario y productos para alimentación animal, sin los antecedentes o documentación que justifique su adquisición o legítima tenencia, o sin las autorizaciones que correspondan de acuerdo al producto de que se trate, será sancionado con multa de 10 a 1000 unidades tributarias mensuales”; esto es, entre 3 millones y medios y casi 70 millones de pesos.

Durante el debate intervinieron las y los senadores Alejandra Sepúlveda, Rodolfo Carter, Claudia Pascual, Iván Flores, Matías Walker y Enrique Lee.

Se consultó sobre la pertinencia de la penalidad y el senador Carter dejó constancia que, a su juicio, “si queremos castigar realmente una acción deliberadamente contra el patrimonio sanitario de los chilenos, la pena tiene que ser más alta. Y desde luego parece paradójico que tenga la misma pena que lo que estamos persiguiendo en la seguridad perimetral de las cárceles”.

Asimismo, se valoró que se incluyan más herramientas para una mejor fiscalización del SAG y se aludió a los “devastadores efectos” de la mosca de la fruta en diversos puntos del norte del país.

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