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Del spam a la estafa: el verdadero riesgo detrás de las llamadas no deseadas. Por Renzo Gandolfi, académico de Derecho UNAB

Es preocupante la situación del spam telefónico en Chile, la cual no puede ser tratada como una simple molestia cotidiana, atendido que una persona recibe en promedio alrededor de 31 llamadas spam al mes, como han reportado distintos balances difundidos en 2025 a la fecha, así las cosas, estamos frente a un fenómeno que afecta la tranquilidad, la privacidad y la seguridad de la población. Chile, de hecho, lidera entre los países más afectados de América Latina por este tipo de llamadas de spam telefónico.

El impacto no es solo molestia, es también humano y social dado el bombardeo permanente que genera estrés e interrumpe la vida diaria, desgasta la confianza de las personas y, lo más grave, aumenta la exposición a fraudes, pues cuando alguien recibe llamadas masivas de manera constante, le resulta cada vez más difícil distinguir una gestión legítima de una maniobra de estafa. Ahí está el verdadero riesgo: el spam termina funcionando como una antesala de la estafa telefónica.

Frente a esta realidad, las principales recomendaciones son claras, no entregar claves, códigos, coordenadas ni datos bancarios por teléfono, cortar la llamada si existe presión o urgencia sospechosa, y contactar directamente a la institución por sus canales oficiales. En este sentido la Comisión para el Mercado Financiero ha reiterado que las entidades serias no solicitan ese tipo de antecedentes por esta vía y ha advertido expresamente sobre fraudes por suplantación.

Si la estafa ya ocurrió, la persona afectada debe actuar de inmediato, siendo lo primero avisar al banco o emisor del medio de pago para bloquear productos y activar los mecanismos de protección. En Chile existe la Ley 21.234, que regula la responsabilidad por extravío, hurto, robo o fraude en medios de pago y transacciones electrónicas, y obliga a las entidades a disponer de canales permanentes para recibir estos avisos. Además, corresponde efectuar la denuncia ante Carabineros, PDI o Fiscalía y conservar toda la evidencia posible.

En paralelo, también existen herramientas preventivas, es así como SERNAC, a través de la plataforma No Molestar, permite a los consumidores solicitar el cese de comunicaciones promocionales o publicitarias, y Subtel implementó desde 2025 numeración especial para identificar llamadas masivas, usando prefijos 600 para llamadas solicitadas y 809 para llamadas no solicitadas. Eso ayuda a transparentar el origen del contacto, aunque todavía no resuelve completamente el problema.

Respecto de la nueva Ley 21.719 sobre protección de datos personales, que entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2026, mi opinión es que sí puede ayudar de manera importante a disminuir esta situación, porque fortalece derechos como el acceso, supresión y oposición, y reconoce expresamente la oposición al tratamiento de datos cuando este se realice con fines de marketing directo. Además, crea la Agencia de Protección de Datos Personales, que tendrá funciones de fiscalización y sanción.

Con todo, hay que aclarar que la ley por sí sola no bastará, pues para disminuir realmente el spam se necesita fiscalización efectiva, coordinación entre SERNAC, Subtel, CMF, Fiscalía y la futura Agencia, sanciones reales y educación digital para la ciudadanía. Sin la fiscalización correspondiente, una buena ley corre el riesgo de quedarse en una declaración elegante nada más y en esta materia, Chile ya no está para diagnósticos tibios como en el pasado

En síntesis, el spam telefónico no es una mera incomodidad o intrusión tecnológica, sino un problema serio de privacidad, consumo y seguridad. La nueva ley de datos es un avance importante, pero su éxito dependerá de que exista una aplicación firme y una respuesta institucional integrada.

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