La idea es que el Registro Civil reserve la información registral usando identidades, antecedentes e historiales ficticios. También la instancia conoció una propuesta para endurecer la ley de carreras clandestinas.
En condiciones de ser conocido por la Sala, quedó el proyecto establecer la reserva de los datos registrales de los vehículos pertenecientes a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública que cursa su primer trámite.
Los integrantes de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones aprobaron en general y particular la moción de autoría de las senadoras Camila Flores y Yasna Provoste, y los senadores Sebastián Keitel y Manuel José Ossandón. La intención es simplificar el procedimiento que se usa para resguardar la identidad de automóviles, camionetas y otros móviles que son usados en labores de inteligencia y contrainteligencia.
Hoy cualquier persona puede acceder a datos del vehículo digitando la patente de éste en una aplicación o página web. Por ello se necesita que aquellos destinados a labores de investigación criminal cuenten con el debido anonimato. El proyecto establece la prohibición de la entrega de esta información, pero al final, ello genera un mecanismo indirecto de identificación de vehículos policiales.
Frente a ello, el Ejecutivo a través de la Subsecretaría de Seguridad Pública, elaboró una indicación sustitutiva que fue aprobada por las senadoras Camila Flores (presidenta) y Danisa Astudillo, y el senador Enrique Van Rysselberghe. De acuerdo a ésta:
Se regulan los vehículos destinados a modalidades de agente encubierto o agente revelador, como aquellos destinados a actividades de inteligencia y contrainteligencia.
Se establece que el Registro Civil deberá resguardar la información registral usando identidades, antecedentes registrales e historiales ficticios.
Se precisan las autoridades facultadas para hacer requerimientos al respecto (fiscales y jefes de organizaciones de inteligencia policial).
Se elimina la referencia a que esta información tendrá un carácter reservado porque el mecanismo no implica la inexistencia de información registral sino la utilización de los antecedentes resguardados.
CARRERAS CLANDESTINAS
También la instancia comenzó el debate en general del proyecto en segundo trámite, que modifica la ley de carreras clandestinas para tipificar y sancionar la conducción temeraria de vehículos.
La Comisión acordó en la próxima sesión, conocer un informe de legislación comparada elaborado por la Biblioteca del Congreso (BCN) y la opinión del Ministerio de Transportes y el Ministerio de Obras Públicas sobre esta moción. Luego serían invitados representantes de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET) y la Sección de Investigación de Accidentes en el Tránsito (SIAT) de Carabineros.
La intención es eliminar los elementos subjetivos de la actual ley estableciendo conductas objetivas para una aplicación más efectiva. De esta forma:
Se sanciona la conducción temeraria sin la necesidad de demostrar que se trata de una competencia o carrera.
Se aumentan las sanciones, multas y penas privativas de libertad.
Se establece el decomiso del vehículo y la suspensión de la licencia de conducir para toda conducta temeraria.
Se fortalece la fiscalización de las autopistas, las que deberán informar al Juzgado de Policía Local de estos hechos.