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Invariabilidad tributaria. Por José Navarrete Oyarce, Director del Magíster en Tributación, Universidad Andrés Bello

Este sábado 30 de mayo, el campo deportivo Refinería Concón será escenario de una nueva jornada abierta a la comunidad, que pondrá en valor la historia de la Hacienda Concón Bajo, fue hospital de campaña durante la Guerra Civil de 1891, y el patrimonio arqueológico del sector.

Para entender la discusión sobre el mecanismo de invariabilidad tributaria para proyectos de inversión superiores a los US$ 50 millones hay que partir por una pregunta fundamental pero sumamente importante ¿qué necesita un inversionista para comprometer recursos en un proyecto de largo plazo?  Y esto es, básicamente, certeza. Un proyecto minero, energético o de infraestructura puede tardar décadas en recuperar la inversión inicial. En ese horizonte, la pregunta tributaria no es menor, puesto que una variación importante en la carga impositiva puede transformar un proyecto rentable en uno que no lo es. La invariabilidad tributaria es precisamente eso, un compromiso del Estado de no modificar las condiciones tributarias pactadas durante el periodo acordado. No se trata de un regalo al inversionista, sino de fijar las reglas del juego antes de que comience la partida.

Chile ya tuvo algo similar. El DL600, vigente desde 1974 hasta su derogación en 2015, garantizaba mediante un contrato-ley con el Estado una carga tributaria estable para la inversión extranjera. En sus años de vigencia, ese estatuto fue un factor relevante para que Chile atrajera más de US$ 100 mil millones en inversión extranjera directa. Para su derogación se argumentó que ya no era necesaria esta garantía, puesto que Chile era un país suficientemente atractivo por sí solo. Sin embargo, los años siguientes demostraron que ese optimismo fue, al menos, apresurado. La inversión se estancó, los proyectos se postergaron y el crecimiento del país se resintió.

Lo que propone la megarreforma de José Antonio Kast en este punto no es exactamente igual al DL600, pero recupera su lógica central. Para los inversionistas extranjeros se establece una tasa máxima del 35%, excluyendo el royalty, y para los locales se respeta el estatuto tributario vigente al momento de celebrar el contrato. Desde Hacienda estiman que esta medida podría representar un impacto de 1,5% del PIB en un horizonte de 10 años.

Hay una dimensión de esta medida que va más allá de los números. Cuando un país es capaz de ponerse de acuerdo en reglas estables y respetarlas, independientemente del color del gobierno de turno, manda una señal que los mercados leen con claridad. No se trata solo de una señal económica, sino también política. Los capitales se mueven hacia lugares predecibles. En mi opinión, este tipo de normas es exactamente lo que Chile necesitaba para retomar una senda de mayor crecimiento e inversión, y el hecho de que haya sido aprobada con amplia mayoría en la Cámara de Diputados da cuenta de que, en esto al menos, hay más consenso del que habitualmente se muestra.

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