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Diputado Jaime Araya recurre a Contraloría y emplaza a Hacienda por resolución del SII que habilita tributación de apuestas online: «Es absurdo cobrar impuestos por una actividad ilícita»

El diputado por la Región de Antofagasta, Jaime Araya Guerrero, ingresó un oficio dirigido al Ministerio de Hacienda para solicitar explicaciones por la dictación de la Resolución Exenta N°69, emitida por el Servicio de Impuestos Internos el pasado 2 de junio de 2026, la cual instruye la habilitación de un sistema para que contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, que presten servicios de apuestas, juegos de azar, casinos y actividades análogas por plataformas digitales, puedan cumplir obligaciones tributarias en el país. A su vez, elevó los antecedentes a la Contraloría General de la República para que se pronuncie sobre la legalidad y el alcance de dicha resolución.

El parlamentario expresó su preocupación debido a que los sitios de apuestas online no contarían con autorización legal para operar en Chile. En el oficio se señala que actualmente solo Polla Chilena de Beneficencia y Lotería de Concepción estarían habilitadas para explotar este tipo de actividad, mientras que plataformas como «JuegaBet», «Betano» y «Apuestas Royal» no tendrían autorización para desarrollar dicho negocio en territorio nacional.

«El Servicio de Impuestos Internos está legalizando, mediante una resolución, una actividad que es completamente ilegal. Desde ese punto de vista, nos preguntamos si esto era el gobernar por decreto para saltarse al Congreso. Por lo tanto, hemos hecho una presentación a la Contraloría para que se determine si esto está dentro del ámbito de sus facultades. Porque, en nuestra opinión, esto excede por lejos lo que el Servicio podría hacer, toda vez que hay resoluciones de la Corte Suprema que señalan que esta actividad es completamente ilegal e ilícita en nuestro país», expresó Araya.

El diputado también advirtió que existe incertidumbre respecto del origen del financiamiento de estas plataformas, muchas de ellas domiciliadas en el extranjero, y planteó que «podrían existir riesgos asociados al lavado de activos y a la falta de trazabilidad de los recursos transados».

En el oficio, Araya recordó además que la Corte Suprema ha establecido que el juego online no regulado constituye una actividad ilícita y que, en fallos anteriores, se ordenó el bloqueo tecnológico de estas plataformas por parte de empresas de telecomunicaciones.

Uno de los puntos más críticos del documento apunta a que la resolución del SII podría terminar operando como una regulación de facto de una actividad que actualmente no cuenta con autorización legal. En esa línea, el parlamentario cuestionó que el Estado pueda recaudar tributos de una actividad que, según sostiene, no está permitida por la legislación vigente. Asimismo, solicitó un pronunciamiento formal del ministro de Hacienda respecto de esta situación y de la actuación del Servicio de Impuestos Internos.

«Es absurdo que se estén cobrando impuestos por una actividad ilícita. Del mismo punto de vista, hemos solicitado que el ministro Quiroz informe formalmente si tenía conocimiento de esta situación y si la avala, porque aquí podría existir una infracción a la Constitución y a la ley», dijo.

Araya además sostuvo que el actuar del director del Servicio de Impuestos Internos podría vulnerar principios de legalidad, transparencia, buena fe y probidad administrativa, al aplicar un régimen tributario respecto de una actividad cuya legalidad se encuentra cuestionada. En ese contexto, el diputado indicó que se encuentran evaluando eventuales responsabilidades derivadas de la dictación de la resolución.

Finalmente, Araya solicitó formalmente que el Ministerio de Hacienda informe si tuvo conocimiento previo o avaló la emisión de la Resolución Exenta N°69. En caso contrario, pidió que se indiquen las medidas que se adoptarán respecto de la actuación del director del Servicio de Impuestos Internos y anunció que ya realizó una presentación ante la Contraloría General de la República para que determine si la resolución se ajusta a las facultades legales del organismo.

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