Con esto, personas como el conductor sorprendido hace pocas semanas transitando a 264 km/h en una autopista, podría haber quedado imposibilitado de manejar mientras se desarrolla el proceso
“Le hemos pedido además al Presidente de la República que le ponga urgencia a este proyecto considerando el impacto social que ha tenido y la indignación que ha generado ver cómo una persona que arriesga la propia vida propia, pero también del resto de los conductores, pueda volver a su casa conduciendo su propio vehículo”, dijo el diputado integrante de la Comisión de Transportes
A partir del caso que impactó al país luego de que un hombre fuera sorprendido conduciendo por una autopista a 264 km/h y sólo quedara con firma mensual y arraigo nacional, pero con su licencia de conducir en la mano a pesar del proceso penal en su contra, el diputado e integrante de la comisión de Transportes y Telecomunicaciones, Ignacio Achurra (FA), anunció la presentación del proyecto de “Ley Toretto 2.0” con el que busca establecer la suspensión de licencia de conducir como medida cautelar en ciertos delitos.
“Hace una semana todo el país pudo ver con indignación cómo un empresario que manejaba a cerca de 264 km/h, salió del juzgado con su licencia para conducir en la mano. Lo que explicó en ese momento la fiscal fue que la Ley actual de Tránsito no permite imponer la cautelar de retención de licencia a quienes cometan delitos que no sean conducción en estado de ebriedad o bajo sustancia estupefaciente o psicotrópicos. Es decir, todos quienes cometen el delito de conducción temeraria, pero que no están en esas dos causales, pueden irse manejando desde el juzgado”, explicó el diputado Ignacio Achurra.
En ese sentido, agregó que “lo que venimos a hacer con esta ley es que permitimos que los jueces puedan retener la licencia, es decir, imponer la cautelar de retención de licencia a conducir a quienes cometan delitos que no sólo sean la conducción en estado de ebriedad o bajo drogas o psicotrópicos”.
La moción modifica el artículo 197 de la Ley de Tránsito y permite que se pueda solicitar la suspensión de licencia de conducir como medida cautelar a todos aquellos delitos viales que tengan asignada la suspensión o cancelación de la misma como pena principal o accesoria, como por ejemplo, la conducción temeraria a exceso de velocidad y no sólo en el caso de la conducción en estado de ebriedad o bajo sustancias psicotrópicas o estupefacientes, como establece actualmente la norma.
El diputado del Frente Amplio, comentó además que “le hemos pedido al Presidente de la República que le ponga urgencia a este proyecto considerando el impacto social que ha tenido y la indignación que ha generado ver cómo una persona que arriesga la vida propia, pero también del resto de los conductores en una carretera manejando a más de 264 kilómetros por hora, pueda salir con su licencia a conducir y volverse a su casa conduciendo su propio vehículo”.
El proyecto cuenta con la firma de la diputada Marcela Hernando (PR) y el diputado René Manuel García (RN), quienes son autores de la primera modificación que se hizo a la Ley de Tránsito de este tipo. Además se sumaron las y los diputados Nathalie Castillo (PC), Francisco Crisóstomo (PS), Fabián Ossandón (PDG), Natalia Romero (UDI), Patricio Pinilla (DC) y Constanza Schonhaut (FA).
En lo concreto, el proyecto de Ley Toretto 2.0 reemplaza el articulado que señala que “en el caso de los delitos de conducción, operación o desempeño en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas”, por el siguiente: “en el caso de los delitos que tengan asignada, como pena principal o accesoria, la suspensión de la licencia de conducir”.