Bajo el nombre «La Cofradía», la iniciativa crea el delito de incitación a la explotación de menores en el Código Penal y establece penas agravadas cuando los discursos o delitos vulneren a víctimas con autismo, discapacidad o imposibilidad de comunicación verbal.
Ante el evidente vacío legal que permite que discursos aberrantes, apología al abuso y agresiones virtuales contra niños escapen a las sanciones del Código Penal, el senador Karim Bianchi ingresó el proyecto de ley «La Cofradía». La propuesta crea un nuevo tipo penal para castigar con presidio y severas multas a quienes inciten o promuevan la explotación sexual infantil en medios masivos, internet o telecomunicaciones.
La iniciativa responde de manera directa al vaciamiento moral que pretende amparar discursos de odio o cosificación sexual tras la fachada de «libertad de expresión» o contenidos en plataformas digitales, haciéndose cargo además de las peticiones ciudadanas por una protección reforzada a la infancia.
«El Código Penal chileno tiene una grieta inaceptable: castiga la ejecución del abuso, pero deja en la impunidad a los miserables que incitan, hacen apología o normalizan la violencia sexual contra niños en redes sociales, podcasts o medios de comunicación. Eso se acabó. Con este proyecto de ley buscamos enviar a la cárcel a quienes promuevan estas atrocidades», indicó el senador.
Además, la moción establece castigos drásticos y una agravante especial cuando estas conductas se hagan mofa, utilicen o se aprovechen de la condición de neurodivergencia, autismo no verbal o discapacidad de la víctima. «No vamos a tolerar impunidad ni que se use la imposibilidad de defensa de un niño como botín de provocación. Quien se meta con nuestros niños o aproveche su vulnerabilidad va a responder ante la justicia penal», finalizó el parlamentario.
Los objetivos principales de la iniciativa legal son sancionar con penas de presidio menor en su grado medio y multas a quien incite o haga apología pública o digital de actos sexuales o pornografía con menores de 14 años, con aumento de pena por vulnerabilidad, es decir, la sanción se incrementará si la apología o incitación se motiva o hace alusión explícita a la condición de discapacidad, neurodivergencia o imposibilidad de comunicación verbal o física.