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Fiscalía Regional de Coquimbo explica ley RPA a profesionales de la educación y últimas modificaciones legales sobre revisiones de mochilas y bolsos

La División formalizó su compromiso con la Mesa Empresarial Público-Privada de Capacitación y Empleo Local, instancia que reúne a empresas, municipios, SENCE, ASIVA y programas públicos, aportando planes de formación propios para estudiantes técnico-profesionales, pescadores y habitantes de Quintero y Puchuncaví.

Una charla de interacción comunitaria efectuó la Unidad de Asesoría Jurídica de la Fiscalía Regional de Coquimbo con profesores y equipo de profesionales del colegio Alonso de Ercilla de Las Compañías, La Serena, sobre temas como la ley de responsabilidad penal adolescente, el proceso penal, la responsabilidad de la denuncia y las modificaciones legales que posibilitan ahora la revisión de mochilas.

Christian Rodríguez Villalobos, abogado asesor jurídico y docente, realizó un repaso sobre la ley 20084, la mayoría de edad, el tipo de sanciones, los pasos del proceso penal y los roles de cada institución, etcétera.

Respecto a la denuncia de delitos, el profesional recalcó que la obligación de los docentes, directores, sostenedores, es efectuarlas una vez tomado conocimiento de los hechos y hasta un plazo de 24 horas. Junto con lo anterior, explicó los mecanismos más expeditos para efectuarlas a través de los sistemas electrónicos de la Fiscalía.

Además, los asistentes a la actividad pudieron conocer cuáles son los delitos que han concitado la atención pública en contexto de la ley RPA, entre ellos porte de armas, delitos de la ley 20.000, amenazas, lesiones, acoso cibernético y en especial desórdenes públicos, como los ocurridos en establecimientos educativos en La Serena con los rayados en distintas dependencias.

Sobre la revisión de las mochilas

Rodríguez Villalobos además analizó la actualización de la ley 21.827 que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, con la incorporación de los artículos 16 J y 16 K, como el inciso final del artículo 10 del Decreto Fuerza de Ley 2, Ley General de la Educación.

Explicó que la revisión de las mochilas, bolsos u otros efectos personales pueden efectuarse siempre que se incorpore en los reglamentos internos de los establecimientos.

La ley además establece que la revisión se realizará cumpliendo lo dispuesto por el reglamento interno de cada establecimiento, el que al menos deberá establecer el personal del establecimiento expresamente autorizado y capacitado para tal efecto; el deber de evitar cualquier forma de contacto físico o exposición innecesaria de los involucrados, y la necesidad de que la revisión se realice en lugares especialmente designados para tales fines, entre otras.

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