La aerolínea transgredió la normativa migratoria al transportar a Chile a extranjeros sin la documentación necesaria para ingresar al país, y en otros casos no entregó el listado de pasajeros.
El miércoles 26 de agosto el Servicio Nacional de Migraciones embargó las cuentas corrientes de la empresa aérea Jetsmart, a raíz de la acumulación de 42 multas cursadas por el Servicio entre 2023 y 2025. Las sanciones totalizan un monto de $781.422.879 (10.820 UTM).
Las multas obedecen a infracciones a la legislación migratoria, y que en su momento fueron denunciadas por la Policía de Investigaciones de Chile.
Las transgresiones a la normativa corresponden principalmente a transportar a Chile a extranjeros que no cuentan con documentación necesaria para ingresar a nuestro país. Además, en otros casos, no entregaron el listado de pasajeros.
A la situación de embargo se llegó tras cumplir con los debidos procesos sancionatorios y el derecho de la compañía a entregar sus descargos, los que finalmente no lograron desvirtuar los hechos indicados más arriba.
El Servicio Nacional de Migraciones está llevando a cabo capacitaciones a las diversas líneas aéreas que operan en el país, reiterando la normativa migratoria vigente y los requisitos que se exigen para que las empresas transporten a extranjeros al país.
Así, por ejemplo, se ha insistido en que el artículo 83 de la ley 21.325, establece la revocación tácita y automática del permiso de residencia definitiva, si la persona se ausentó del país por un plazo continuado superior a dos años. Haciendo hincapié en que la vigencia del RUN es independiente al del permiso de residencia. Y en esa línea, las aerolíneas deben -al momento de vender el pasaje- verificar el estado migratorio del adquirente.
El Servicio Nacional de Migraciones ha indicado en múltiples oportunidades a las líneas aéreas que deben solicitar la documentación correspondiente a cada uno de sus pasajeros, y así evitar ser sancionados por el incumplimiento de la legislación vigente.
Es por este motivo que el Sermig ha llevado a cabo dos capacitaciones a los representantes de las líneas comerciales, en que se les ha entregado información, por ejemplo, de la Circular N°6 que dejó sin efecto la flexibilización para el ingreso al país de menores de edad, cuyos adultos deben demostrar con documentación el lazo familiar o bien si son tutores legales; y de la Resolución Exenta 15.106 del 19 de agosto que dejó sin efecto las flexibilidades documentales para ciudadanos venezolanos. Esto, tras la reanudación de las relaciones consulares entre Venezuela y Chile.
De esta forma se busca evitar que las líneas comerciales caigan en faltas y consecuentes multas, cumpliendo a cabalidad con la legislación migratoria.