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Escuelas protegidas: ¿proteger o sospechar? Por Carmen Gloria Garrido, Directora Laboratorio para el Aprendizaje, UNAB

Se modernizaronsus 1.150 m², incorporando una nueva distribución de las áreas de entrenamiento, salas completamente renovadas, espacios de cowork y una infraestructura que eleva el estándar deportivo de la Región de Valparaíso.

Mesas y sillas plegables, bolsos para picnic, cocinillas y carpas forman parte de la propuesta de la marca, que también cuenta con un showroom en Quilpué para conocer sus productos de cerca.

La división de la estatal licitó un contrato a ocho años que reemplazó la totalidad de sus vehículos diésel por unidades cero emisiones, adelantándose a las metas corporativas de la cuprífera al 2030.

Hay un gesto que la Ley 21.827 instala en el centro de la vida escolar y que conviene mirar despacio, porque los gestos son los que educan más que un artículo de ley. Es el gesto de abrir una mochila y en ese gesto está el estudiante que pasa de ser estudiante que trae sus objetos para aprender a ser alguien que podría estar escondiendo algo. La sospecha que instala la Ley de Escuelas Protegidas recae sobre las personas.

La violencia escolar chilena no es una invención retórica: las denuncias por maltrato a adultos ante la Superintendencia crecieron con fuerza entre 2023 y 2025 y los registros de porte de armas en establecimientos no admiten minimización. Un profesor agredido en su sala no necesita que le expliquemos la fragilidad del vínculo pedagógico: la conoce en el cuerpo. La ley nombra un malestar real y un abandono real, el de comunidades que llevan años pidiendo respaldo y recibiendo circulares. Hay además disposiciones que compartimos: la gestión colaborativa de conflictos y el alivio de la carga administrativa.

El problema no es que la ley responda, sino con qué gramática responde. La sala de clases ya exhibía dos soledades: la del profesor que rinde cuenta de modelos que no ha reflexionado y la del estudiante representado de antemano como alguien con carencias. La ley agrava ambas y añade una tercera. Al profesor le entrega facultades correctivas sin devolverle las condiciones de su oficio: queda más solo y con un poder que ejercerá bajo escrutinio. Al estudiante le suma, sobre la mirada de déficit, la de la amenaza posible. Y entre ambos instala un procedimiento que decide cómo deben mirarse.

La intención de fortalecer la autoridad pedagógica merece respeto, pero la operación es riesgosa: la autoridad del profesor no proviene de su capacidad de sancionar, sino de su relación con un saber que ofrece y de su decisión de dirigirse a un sujeto suponiéndolo capaz. Quien enseña así no necesita más atribuciones: necesita tiempo no lectivo, equipos que no roten cada año, formación que no sea una charla. Entregar potestad sin restituir condiciones da un instrumento y quita un lugar.

Esta ley nació de un episodio que conmocionó al sistema y avanzó con la velocidad de la conmoción. Legislamos por reacción cuando la violencia escolar es un asunto de indagación: exige preguntar qué hace que un adolescente llegue armado a la sala, qué se rompió antes, dónde estaban los adultos.

Nada de esto es un alegato contra la protección, sino una discusión sobre qué protege efectivamente a una escuela: adultos disponibles, tiempo para conversar, espacios habitables, hospitalidad frente a quienes llegan difíciles, porque los que llegan difíciles son, casi siempre, los que más han sido dejados solos.

La ley ya está publicada y las escuelas tendrán que habitarla. La pregunta no es si se aplicará, sino con qué gesto: un mismo procedimiento puede ejecutarse como control o como cuidado, y esa diferencia no está en el texto legal, sino en la formación de quien lo aplica y en la cultura que lo interpreta

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