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Corte Suprema resuelve en favor de Terram: información productiva de la industria salmonera es pública y debe ser entregada

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Tras casi dos años de conflicto judicial, el máximo Tribunal rechazó el recurso de queja interpuesto en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que ordenó entregar la información productiva de todos los centros salmoneros. Desde Terram destacaron favorablemente el fallo, pero advierten que el actuar de las empresas tuvo como efecto la obstaculización de la fiscalización ciudadana que desde hace años ha identificado cientos de infracciones ambientales por parte de esta industria.

El pasado 14 de septiembre la Corte Suprema rechazó el recurso de queja presentado por las empresas salmoneras Invermar S.A. y Pacific Seafood S.A y confirmó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en cuanto a que la información productiva de los centros salmoneros es de carácter pública, por lo cual debe ser entregada por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA), luego de que dicho organismo denegara el acceso a la información solicitada por Fundación Terram debido a la oposición de las empresas salmoneras, quienes insistieron por la vía judicial a través de un reclamo de ilegalidad incluso después de que el Consejo para la Transparencia diera la razón a Fundación Terram.

El conflicto inició por un reclamo de ilegalidad por parte de las empresas Invermar S.A. y Pacific Seafood S.A en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia que ordenaba entregar la información sobre las cosechas efectuadas en centros de cultivo de salmones de las regiones de Los Lagos, Aysén y Magallanes, entre 1990 y 2024. Las empresas salmoneras cuestionaron el carácter público de los antecedentes solicitados y señalaron que la divulgación de estos datos podría afectar a sus intereses comerciales, económicos y a su vez dañar la libre competencia.

El 15 de mayo de 2026, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó el reclamo de ilegalidad, indicando que los datos solicitados por Terram correspondían a información pública, descartando que las empresas tengan la facultad para reservarlos ya que la información debe ser entregada obligatoriamente a SERNAPESCA para que la entidad estatal pueda elaborar informes sobre el estado de las cosechas de salmones, además se rechazó el argumento donde las empresas señalaban que la entrega de los datos podría distraer de sus funciones a los trabajadores de SERNAPESCA.

Como última opción y ante el rechazo de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, las empresas salmoneras presentaron un recurso de queja ante la Corte Suprema, el cual fue rechazado y determinó que las empresas salmoneras deben pagar las costas del juicio. El máximo tribunal señaló que el recurso de queja procede cuando la resolución impugnada contiene una falta o abuso grave, el cual no está presente en este caso, por esta razón concluyó que los antecedentes no permiten sostener que la Corte de Apelaciones de Puerto Montt haya incurrido en alguna conducta que debiera ser corregida por la Corte Suprema.

El equipo jurídico de Fundación Terram conformado por Catalina Salazar y Diego Rojas, se refirió al fallo de la Corte Suprema, señalando que “cuando una parte agota todas las vías impugnatorias disponibles, incluyendo una tan excepcional como el recurso de queja, el litigio deja de ser una defensa genuina de un derecho y pasa a operar como una herramienta de dilación, ese fue el resultado concreto de casi dos años de judicialización”. Además, señalan que el objetivo de las empresas fue mantener fuera del control ciudadano la información con que SERNAPESCA ejerce sus funciones fiscalizadoras conforme al artículo 122 de la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA), precisamente la que permite identificar casos se sobreproducción, elusión al Sistema de Evaluación de Impacto ambiental (SEIA) y concesiones operando en causal de caducidad. “No es casualidad que quienes litigaron para impedir su acceso público sean, a la vez, actores de una industria donde hemos identificado un patrón sostenido de irregularidades. La obstrucción no fue incidental, mientras se litigaba sobre si la información era pública, esos incumplimientos siguieron sin poder ser fiscalizados con datos actualizados”.

No contar con los datos productivos actualizados de los centros de cultivo de salmón desde 2024 a la fecha implico que desde Fundación Terram no se pudiera realizar el análisis de los mismos para la detección de infracciones a la ley ambiental, como lo son los casos de sobreproducción y elusión, así como infracciones a la ley sectorial, que corresponden a concesiones en causal de caducidad.

A pesar de lo anterior, de forma reciente la organización detectó 47 centros salmoneros que produjeron más de 450.000 toneladas de salmónidos, especie exótica, eludiendo la evaluación ambiental, con datos productivos actualizados hasta 2023.

Desde Terram señalan que los antecedentes ya están en manos de la Superintendencia del Medio Ambiente, quien deberá iniciar los respectivos procedimientos sancionatorios, tal como establece la Ley Orgánica de la SMA. «Hasta hoy, de los 56 centros con elusión al SEIA que hemos detectado tanto dentro como fuera de áreas protegidas, la SMA solo ha iniciado un procedimiento sancionatorio, evidenciando una clara demora en el ejercicio de sus facultades.”

 

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