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Fiscalía de Quilpué logró 12 años de pena efectiva para autor de parricidio frustrado

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  • Prueba de cargo presentada por el Ministerio Público le permitió al Tribunal dar por acreditado el dolo y cómo ocurrieron los hechos indicados en la acusación. 

“El día 25 de abril del año 2019, siendo aproximadamente las 16:00 horas, en circunstancias que el imputado R.A.D.S. se encontraba en su domicilio ubicado en Quilpué, en momentos en que estaba en su dormitorio, teniendo en sus brazos a la víctima, su hijo el menor de 2 meses y 28 días de edad, en un momento lo golpeó con un objeto contundente en la cabeza y tórax, a consecuencia de estos hechos el menor afectado resultó con lesiones de carácter grave, y secuelas estructurales graves en sistema nervioso central, con riesgo vital, quien habría fallecido de no mediar intervención médica oportuna y eficaz”, así relató durante el Juicio Oral el Fiscal de Quilpué Hernán Silva que se desarrolló en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar en contra del padre biológico de la víctima, donde el Ministerio Público logró acreditar con la prueba rendida el dolo parricida.

Se presentó en juicio prueba testimonial, pericial, documental y otros medios de prueba que le permitieron a la sala dar por acreditados los hechos, la conducta del acusado anterior y coetánea a los hechos, como también el daño que causó en la víctima, gracias a la declaración de especialistas médicos que lo atendieron. Atención que logró evitar su fallecimiento.

“Las caídas son un accidente doméstico común de lactantes, eso se ve al menos una vez al día o un par de veces a la semana. Generalmente no tienen lesiones graves, ya que no son caídas con tanta velocidad ni producen tantas fracturas. Aquí se deduce que la persona que estaba haciendo el relato les estaba mintiendo, porque no era concordante con los hallazgos clínicos del paciente”, señaló uno de los médicos, pediatra, que declaró durante el juicio, quien ya había atendido a la víctima al mes de vida por una bronquitis.

Antecedentes que le permitieron al Tribunal más allá de toda duda razonable condenar a l acusado como autor de parricidio en grado frustrado. “Fue posible establecer para el tribunal que la acción que causó la fractura craneal sufrida por (la víctima) consistió en un golpe propinado por el acusado. El menor, de dos meses de edad, se encontraba sano cuando su madre ingresó a la ducha el 25 de abril de 2019. Mientras esta se encontraba bañándose, escuchó un golpe seco y el cese repentino del llanto del niño. Al acudir a verlo, lo encontró inconsciente, describiéndolo gráficamente como un “títere”. Luego advirtió que el bebé presentaba sangre en la cavidad bucal. Posteriormente se constató la existencia de una lesión craneal consistente en una fractura extensa y difusa, acompañada de edema cerebral. Lo anterior obliga a determinar qué ocurrió mientras la madre permaneció en la ducha. La respuesta que surge de la prueba rendida es que el lactante fue golpeado por su padre”, establece la sentencia.

“Expusimos hechos objetivos e indicios potentes. Acá, tal como en los delitos sexuales, no hay dos testigos. Acá el testigo es el bebé. Lo principal son los indicios y las máximas de la experiencia. El daño no se condice con una caída a baja altura. Es una caída para contusiones, ni siquiera fracturas. Existe una aceleración que va más allá de la gravedad”, señaló el Fiscal Silva al término del juicio.

La sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, integrada por los magistrados Fernán Rioseco Pinochet, quien presidió, Mónica López Castillo y Claudio Correa Zacarías condenó al acusado a la pena de 12 años y seis meses de presidio mayor en su grado medio, inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, la que deberá cumplir de manera efectiva.

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