La iniciativa, que pasó a segundo trámite al Senado, busca ampliar la protección penal de la libre circulación y del funcionamiento de los servicios de transporte, incorporando sanciones para determinadas formas de obstaculización y penas agravadas cuando exista violencia, peligro concreto o afectación de vehículos de emergencia.
La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este miércoles, por 89 votos a favor, 41 en contra y 3 abstenciones, el proyecto de Ley Antibarricadas 2.0, que modifica el Código Penal para ampliar el ámbito de aplicación del delito de interrupción u obstaculización de la libre circulación y del funcionamiento de los servicios de transporte. La iniciativa continuará ahora su segundo trámite constitucional en el Senado.
El proyecto, presentado por el Ejecutivo en agosto de este año, busca modificar el Código Penal y ampliar la protección penal actualmente existente, incorporando determinadas situaciones de obstaculización total o parcial de la circulación de personas y vehículos, así como afectaciones al funcionamiento de medios y servicios de transporte, tanto públicos como privados, de pasajeros o carga.
Entre los principales elementos de la iniciativa se establece una figura base sancionada con multas de 10 a 20 UTM cuando una persona, sin autorización o excediendo las condiciones autorizadas, obstaculice la circulación o el funcionamiento del transporte y, luego de un requerimiento claro de la autoridad para poner término a la conducta, pudiendo hacerlo, persista en ella.
El proyecto contempla además una respuesta penal más severa cuando la interrupción u obstaculización se produzca mediante violencia o intimidación, instalación o incendio de obstáculos, otros medios que generen peligro concreto para la vida o integridad física, ingreso no autorizado a zonas operacionales restringidas o intervención de sistemas destinados a la operación, control o seguridad del transporte. En estos casos se contempla presidio menor en su grado mínimo y multas de 10 a 20 UTM.
Uno de los aspectos centrales de la iniciativa es la protección de los vehículos de emergencia. El texto establece una figura especialmente agravada para quienes impidan o retarden efectivamente el desplazamiento de ambulancias, vehículos de Bomberos, policiales u otros destinados a emergencias, rescate, extinción de incendios, atención sanitaria o labores de seguridad. La sanción propuesta alcanza a presidio menor en su grado medio y multas de 20 a 40 UTM.
Para el diputado de Renovación Nacional, Mauro González, integrante de la Comisión de Seguridad “la aprobación de esta iniciativa permite avanzar en una discusión necesaria: proteger la libre circulación y el funcionamiento del transporte frente a obstaculizaciones que efectivamente afectan a las personas”.
Además, explicó que “el proyecto distingue entre una afectación penalmente relevante y situaciones justificadas, y establece sanciones especialmente severas cuando se impide el paso de vehículos de emergencia.”
Mientras que el diputado y jefe de bancada RN, Diego Schalper — jefe de bancada RN añadió: “ Este es uno de los proyectos que ha impulsado con mucha fuerza Renovación Nacional, por lo tanto, valoramos mucho que se haya aprobado. Nosotros siempre hemos sido capaces de distinguir con mucha claridad lo que son las legítimas expresiones y reuniones que buscan expresar sentires democráticos de violentar la vida del resto”.
Y en esa misma línea agregó: “A veces algunos, bajo el amparo de la solidaridad o de la preocupación de las causas sociales, terminan siendo extremadamente egoísta, porque interrumpirle la vida al resto, impedirle al resto ir a clases, interrumpirle el tránsito a un vehículo, es una expresión individualista y egoísta. Porque es creer que la causa es tan importante que le puede perturbar la vida a los demás”.
“Yo, en esto, espero que todos entendamos que manifestarse pacíficamente tiene que ver con ser capaz de plantear los puntos de vista de uno, pero no por eso sentirse con el derecho de interrumpir la vida a los demás”, remató el legislador.