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Fiscalía de Nueva York rechaza arresto domiciliario solicitado por esposa de Nicolás Maduro por «riesgo extremo de fuga»

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La fiscalía estadounidense argumentó que la esposa de Nicolás Maduro posee recursos económicos, nexos internacionales y una posible pena de hasta cadena perpetua que incentivarían su huida.

La Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York formalizó la noche de ayer, miércoles, su oposición a la solicitud de libertad bajo fianza y prisión domiciliaria presentada por la defensa de Cilia Flores, esposa del depuesto presidente venezolano Nicolás Maduro, bajo el argumento central de un riesgo extremo de fuga y un peligro potencial para la comunidad.

Mediante la entrega de un memorando judicial dirigido al juez federal Alvin K. Hellerstein, del Tribunal del Distrito Sur de Nueva York, solicitó desestimar la petición para trasladar a la imputada a una residencia privada desde el Centro de Detención Metropolitano de Brooklyn, donde se encuentra recluida tras su captura a principios de año junto a su esposo.

Los fiscales argumentaron en el escrito oficial que Flores, de 69 años de edad, se enfrenta a una condena mínima obligatoria de 40 años de prisión y a un máximo de cadena perpetua en caso de resultar culpable por los delitos de conspiración para importar cocaína, lavado de dinero y corrupción.

Esta severidad en las penas potenciales constituye un factor determinante de incentivación para eludir el proceso judicial, escenario que se ve influenciado por la disponibilidad de recursos financieros sustanciales para costear un régimen de seguridad privada e infraestructura de vigilancia.

«Constituiría un incentivo de peso para que cualquiera huyera de la justicia», indica la representación fiscal en el escrito presentado ante la corte judicial.

Argumentos de seguridad pública e intimidación de testigos

El Ministerio Público estadounidense planteó también que una eventual modificación de la medida cautelar representaría un riesgo latente para la seguridad en Estados Unidos y Venezuela, argumentando que la procesada mantendría nexos operativos con redes estatales y grupos irregulares organizados que continúan en libertad.

La cadena de noticias CNN reportó que el documento sostiene que la imputada podría emplear dichas plataformas para coordinar acciones directas de intimidación u hostigamiento orientadas a influir sobre las víctimas y los testigos cooperantes del proceso.

«Si se le concediera la libertad provisional, la acusada representaría un peligro mayor no solo para Estados Unidos, sino también para Venezuela», se lee en el documento formulado por la Fiscalía.

Frente al alegato de la defensa sobre el deseo de Flores de permanecer en Estados Unidos para acompañar a su esposo durante el juicio conjunto programado para el 1 de junio de 2027, la fiscalía refutó que las restricciones domiciliarias propuestas impedirían una presencia constante y no contrarrestarían la posibilidad de comunicación con supuestos coconspiradores internacionales.

La evaluación sobre el estado de salud y cronograma procesal

La solicitud planteada por la defensa de Flores pedía el traslado a una vivienda privada en Nueva York con monitoreo por GPS, vigilancia armada continua las 24 horas, llamadas intervenidas y restricciones de visitas, argumentando afecciones cardíacas derivadas de un posible infarto leve sufrido en julio que requeriría intervenciones especializadas fuera del centro carcelario.

No obstante, los fiscales respondieron que la evaluación médica ha sido propuesta únicamente como condición de liberación y aseguraron que el Buró Federal de Prisiones dispone de las capacidades para administrar los tratamientos indicados, acompañando su contestación con informes médicos confidenciales.

De acuerdo con el calendario fijado por el tribunal y reseñado por medios como TalCual de Venezuela, la defensa de Flores dispone de un plazo límite hasta el 30 de septiembre para presentar su réplica a la contestación fiscal.

Por su parte, el juez federal Alvin K. Hellerstein programó para el 8 de octubre una audiencia en la que evaluará los argumentos de ambas partes antes de emitir una resolución sobre la libertad provisional.

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