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Vecinos y comerciantes acompañan nuevo antecedente a la Corte Suprema para frenar realización ilegal de los «mil tambores»

Los equipos intervinieron el sector adyacente a la planta y al emisario, sumándose a una jornada territorial que permitió retirar más de una tonelada de residuos en la bahía de Quintero y Puchuncaví.

Se modernizaronsus 1.150 m², incorporando una nueva distribución de las áreas de entrenamiento, salas completamente renovadas, espacios de cowork y una infraestructura que eleva el estándar deportivo de la Región de Valparaíso.

Mesas y sillas plegables, bolsos para picnic, cocinillas y carpas forman parte de la propuesta de la marca, que también cuenta con un showroom en Quilpué para conocer sus productos de cerca.

  • El documento advierte que intentar realizar el masivo pasacalle bajo la fachada de un «derecho de reunión» constituye un fraude a la ley y un incumplimiento de la resolución de la Delegación Presidencial.
  • La medida busca resguardar el orden público, la salud y la seguridad de los residentes y comerciantes del plan de Valparaíso ante el evento fijado para este domingo 4 de octubre de 2026.

El abogado Rodrigo Díaz Yubero presentó un escrito con nuevos antecedentes ante la Corte Suprema, en el marco del recurso de protección interpuesto por vecinos y comerciantes del plan de Valparaíso que busca impedir la realización del Pasacalle «Mil Tambores» por el centro de Valparaíso este próximo domingo 4 de octubre.

Esta nueva presentación judicial se sustenta en la Resolución Exenta N° 1.620 de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, la cual rechazó formalmente la solicitud de los organizadores dados los informes técnicos emitidos por Carabineros de Chile —que calificó el evento como «no factible» por déficit de contingente policial y riesgos al orden público— y de la Seremi de Salud — debido a la inevitable saturación de los servicios de urgencia—, además de acoger el rotundo rechazo de las comunidades residentes.

Sin embargo, pese a la claridad del rechazo administrativo, ha trascendido la intención de los organizadores de ejecutar de todas formas el pasacalle bajo el subterfugio de invocar el «derecho de reunión», buscando de ese modo eludir la normativa vigente.

Al respecto, el escrito presentado al máximo tribunal aclara que el Reglamento de la Ley N ° 21.659 tipifica claramente como evento masivo a todo suceso en bienes nacionales de uso público que congregue a más de 3.000 personas o requiera medidas especiales de seguridad.

En este sentido, «es evidente que un carnaval masivo de más de 10.000 asistentes, lejos de ser una mera ‘reunión’, se ajusta a la definición legal; por lo que pretender usar este derecho para eludir plazos, pólizas de garantía y planes de mitigación constituye un fraude a la ley», señala la presentación, añadiendo que el derecho de reunión «tampoco puede leerse como una patente de corso para anular el ordenamiento constitucional”.

Finalmente, los recurrentes hicieron un llamado a la ciudadanía y a las autoridades a mantenerse vigilantes, advirtiendo que permitir este evento bajo este tipo de artimañas convertiría la normativa de eventos masivos y la propia resolución de la autoridad en letra muerta, dejando en la absoluta indefensión a los habitantes y al comercio local.

 

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