El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a José Benjamín Minuche Serrano, Jorge Gianmi Alvarado Cárdenas y José Santiago Guamán Navarro a sendas penas de 15 años de presidio efectivo, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más el pago de una multa de 300 UTM cada uno, en calidad de autores del delito consumado de tráfico de drogas. Ilícito perpetrado en noviembre de 2021, en la zona sur de la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 37-2023), el tribunal –integrado por los jueces Washington Jaña Tapia (presidente), Silvana Vera Riquelme y Marcela Soto Galdames (redactora)– condenó a los acusados Jonathan Stive Bran Piñeros y Gilberto Billy Piñeros Saldaña a 6 años de presidio efectivo, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más el pago de una multa de 100 UTM cada uno, en calidad de coautores del delito.
En tanto, Kevin Francisco Reinoso Godoy y Matías Ignacio Sáez Hoffens fueron condenados a 4 años de reclusión, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas y el pago de una multa de 40 UTM, como coautores del delito de tráfico de drogas. Penas que se dan por cumplidas por el mayor tiempo que permanecieron en prisión preventiva.
Finalmente, el tribunal decretó la absolución por falta de acreditación, de Jhon Brayan Valencia Gil y Cristián Alberto Arboleda Cifuentes de la imputación fiscal que los sindicaban como autores del delito consumado de tráfico ilícito de drogas.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas a los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro de ADN de condenados. Asimismo, se decretó el comiso de los vehículos incautados en el procedimiento policial.
Narco plátanos
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, los siguientes hechos: “Que José MINUCHE SERRANO, Santiago GUAMÁN NAVARRO y Jorge ALVARADO CÁRDENAS, todos cumpliendo condenas por el delito de tráfico ilícito de drogas, coordinaron la internación de droga desde Ecuador, para lo cual se contactaron con proveedores con el fin de remitir la droga vía marítima oculta en un cargamento de plátanos al país, contando para dicha finalidad con brazos operativos.
Es así como desde principios del mes de abril de 2021, José MINUCHE SERRANO, Santiago GUAMÁN NAVARRO y Jorge ALVARADO CÁRDENAS comenzaron las coordinaciones para internar aproximadamente 150 kilos de droga al territorio nacional, contando con la colaboración de MARLENE MARJORIE ZÁRATE QUIROZ, pareja de Jorge Alvarado. Por su parte, Kevin Francisco REINOSO GODOY, sería la persona encargada de depositar parte de los dineros, conseguir trasportistas y afinar detalles de la operación.
Luego, se logró determinar por la policía que la sustancia ilícita provendría en un contenedor N°SEGU9623119, el cual se encontraba contaminado con 150 kilogramos de droga, distribuida en 15 cajas de plátanos, todas de la marca Jaslin, contenedor que se encontraba a bordo del buque Guayaquil Express y que arribaría al puerto de San Antonio, Chile, el 9 de noviembre de 2021 en horas de la mañana.
En base a lo anterior, el 10 de noviembre de 2021, en horas de la tarde, un funcionario policial en calidad de agente encubierto se reunió con Kevin REINOSO GODOY y su compañero de delito Matías SÁEZ HOFFENS, en la plaza de Armas de Santiago para coordinar la entrega de la droga que llegaría próximamente, gestionada por Guamán, Minuche y Alvarado, concordando que la entrega de las sustancias ilícitas se realizará dentro del sector sur de Santiago, en las cercanías de la feria ‘Lo Valledor’. Así, Kevin REINOSO GODOY otorgaría un vehículo en horas de la mañana del día de la entrega, en el cual se depositarían las sustancias ilícitas, para posteriormente hacer entrega de aquel con la droga en su interior a Matías SÁEZ HOFFENS, quien se encargaría de llevar el vehículo con la droga hasta el lugar de acopio. Por otra parte, el pago de la droga, indicaron que se efectuará con posterioridad a la entrega.
Paralelamente se logró establecer que Jonathan Stive BRAN PIÑEROS sería el segundo receptor de droga, quien tomó contacto con el agente encubierto, acordando la misma forma de entrega de la droga.
Es así que el 17 de noviembre de 2021, en horas de la mañana, el agente encubierto se reunió con Jonathan BRAN PIÑEROS, en la calle Beauchef, al sur de la intersección con calle Tupper, comuna de Santiago, quien les entregó el vehículo marca Kia, modelo Cerato EX 1.6, color gris metálico, año 2018, P.P.U. KSCV-90, de propiedad de Jonathan BRAN PIÑEROS, para ser utilizado en el traslado de la droga, mientras que posteriormente, el agente encubierto, se reunió con Kevin REINOSO GODOY y Matías SÁEZ HOFFENS, en la calle Beauchef, al sur de la intersección con calle Tupper, comuna de Santiago, quienes le entregaron el vehículo marca Changan, modelo CX70, color blanco, año 2020, P.P.U. PCSZ-13, para ser utilizado en el traslado de la droga.
Luego, el mismo día, a las 12:45 horas, llegó Jonathan BRAN PIÑEROS, en compañía de Gilberto Billy PIÑEROS SALDAÑA, a dependencias del Centro Comercial ubicado en calle José Joaquín Prieto Vial N°5531, comuna de Pedro Aguirre Cerda, lugar previamente establecido con el agente encubierto, para la entrega del vehículo cargado con droga, e ingresó al estacionamiento, para luego abordar el vehículo marca Kia, modelo Cerato EX 1.6, color gris metálico, año 2018, P.P.U. KSCV-90, siendo sorprendido trasportando al interior del vehículo, sin contar con la autorización competente, una maleta color negro, en los asientos traseros, con 40 paquetes en su interior, envueltos en cinta adhesiva color café, contenedores de cannabis sativa; asimismo, en el maletero, se encontraron tres bolsos; el primero de color negro con ruedas en su parte inferior, el cual tenía 40 paquetes envueltos en cinta adhesiva color café, contenedores de marihuana, además de cinco paquetes envueltos en cinta adhesiva color azul, contenedores de clorhidrato de cocaína. El segundo bolso de color negro con morado tenía 29 paquetes de iguales características, envueltos en cinta adhesiva color café, contenedores de cannabis sativa y por último el tercer bolso de color negro, tenía ocho paquetes envueltos en cinta adhesiva color café, igualmente contenedores de marihuana, dando un total las sustancias incautadas de 121,68 kilos de cannabis sativa y 5,92 kilos de clorhidrato de cocaína.
Seguidamente, siendo las 15:10 horas, llegó hasta el mismo lugar antes indicado, previo acuerdo con el agente encubierto, Kevin REINOSO GODOY quien trasladó hasta dicho punto de encuentro a Matías SÁEZ HOFFENS, para luego retirarse raudamente en dirección al sur hasta calle Lo Ovalle donde realizó el retorno tomando dirección norte por la Ruta 5, luego de lo cual SÁEZ HOFFENS, quien quedó en el referido punto de encuentro convenido, procedió a subirse al vehículo cargado con droga marca Changan, modelo CX70, color blanco, año 2020, P.P.U. PCSZ-13, en la posición de conductor, siendo sorprendido por funcionarios policiales de esta forma trasportando, sin contar con la autorización competente, dos bolsas de gran tamaño, plásticas con círculos de varios colores, en cuyo interior habían en cada una 20 paquetes envueltos en cinta adhesiva color café, contenedores de 41 kilos 640 gramos de cannabis sativa.
La mencionada droga, fue portada y transportada previa coordinación para su ingreso y transporte al territorio nacional realizada por José MINUCHE SERRANO, Santiago GUAMÁN NAVARRO y Jorge ALVARADO CÁRDENAS.
Solicitada la autorización judicial para la entrada y registro al domicilio de Serrano N°266, Depto. N°2502, comuna de Santiago; inmueble utilizado por Jonathan BRAN PIÑEROS, este guardaba y mantenía sin la competente autorización dos bolsas de nylon transparentes contenedoras de 28,84 gramos brutos de ketamina”.
“Como se puede apreciar ya de la simple lectura del acápite precedente y como se comunicara en el veredicto pronunciado al término del juicio, estos sentenciadores estiman que si bien la prueba de cargo dio cuenta que Jhon Brayan Valencia Gil y Cristián Alberto Arboleda Cifuentes se encontraban al interior del vehículo del cual descendió Jonathan Bran Piñeros y en el que luego fue detenido Gilberto Piñeros Saldaña, no resultó idónea ni suficiente para establecer que ellos tuvieran algún conocimiento previo de la recepción de droga por parte de Jonathan Bran y su primo Gilberto Piñeros, toda vez que de acuerdo al relato de todos los testigos de cargo ellos no figuraban en la investigación antes de su detención, no fueron mencionados en las escuchas o conversaciones del agente encubierto ni participaron en reuniones de coordinación con él, de manera que no hay ningún otro elemento que corrobore que ellos hubiesen llegado al lugar de entrega del vehículo con droga, con el propósito de acompañar a Jonathan Bran en dicha actividad, como se les atribuyó, no alcanzándose el estándar necesario para vencer la presunción de inocencia que les ampara, con las meras apreciaciones de los funcionarios policiales Matías Lineros y Francisco Benavides, en cuanto a que ellos estaban allí para prestar cobertura a Jonathan Bran, lo que por lo demás no se consigna de manera alguna en la acusación. Tampoco se puede extraer del hecho de haberse encontrado en el domicilio de Cristián Arboleda la copia de la llave del vehículo de propiedad de Jonathan Bran, pues quedó suficientemente asentado que entre ambos existía una relación de vecindad y amistad, por la cual se visitaban recíprocamente, de manera que pudieron ser dejadas voluntariamente o accidentalmente allí éste en una de las referidas visitas”, consigna el fallo.