El 4º Tribuna Oral de Santiago resolvió absolver al capitán(r) de Carabineros, Claudio Crespo, por el ataque que cegó al hoy diputado electo, Gustavo Gatica en 2019 en Plaza Italia, en el contexto del estallido social.
Los jueces mencionaron “uso justificado, proporcional y legal” de la fuerza.
Cabe recordar que el Ministerio Público pedía una pena efectiva de 12 años por apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves o gravísimas, por los que solicitó una pena efectiva de 12 años.
Además, los jueces criticaron al Ministerio Público y a la Fiscalía Metropolitana Centro Norte, apuntando a que la acusación se enfrascó en una fórmula que no fue suficiente para permitir una condena.
Según el tribunal, la Fiscalía realizó una «elección deliberada de técnica acusatoria que constituye una autolimitación voluntaria», al citar solo dos instrumentos específicos y excluir implícitamente el resto del universo normativo de Carabineros.
«Esta autolimitación voluntaria en la acusación no es una decisión del tribunal, sino una consecuencia directa de la forma en que el propio Ministerio Público redactó la acusación», rezó el fallo, advirtiendo que variar el objeto del proceso en los alegatos de clausura vulnera directamente el derecho a la defensa del acusado.
En las afueras del tribunal llegaron detractores de Crespo y personas del Partido Nacional Libertario que llegaron a entregarle su apoyo.
INDH se pronuncia ante el veredicto absolutorio resuelto en primera instancia por el tribunal oral en el caso Gatica
Más de 2 mil 200 días después de ocurrido el hecho, los tribunales dieron por acreditado que el 8 de noviembre de 2019 el entonces estudiante universitario Gustavo Gatica, perdió por completo la visión debido al impacto de perdigones provenientes de una escopeta de Carabineros, verificando así su condición de víctima de violaciones a los derechos humanos. A pesar de que se acreditó que el arma pertenecía a la institución y que fue disparada por el acusado, el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago lo absolvió invocando la Ley Nain Retamal.
El INDH actuó como querellante en la causa, conforme a su mandato legal. Ante el fallo, Beatriz Contreras, jefa regional del INDH detalló que «lo más relevante del veredicto es que el tribunal tuvo por acreditado, más allá de toda duda razonable, que quien ejecutó el disparo que hirió y dejó ciego total e irreversiblemente a Gustavo Gatica Villarroel, fue efectivamente el acusado. De manera tal que en este juicio se evidenció la gravedad de las lesiones sufridas por la víctima y el impacto que en él tuvo este accionar del funcionario policial».
En esta línea, el director del INDH, Yerko Ljubetic, expresó que «este hecho de alta gravedad y acreditado por el tribunal queda sin sanción en virtud de la aplicación de la Ley Nain Retamal, lo que nos hace pensar con mucha preocupación en el futuro de muchos otros casos de cientos personas que fueron gravemente afectadas en sus derechos por actuaciones de carabineros que no cumplieron con protocolos y reglamentos».
Cabe recordar que la actuación de agentes del Estado durante la crisis social condujo a que 464 personas resultaran con traumas oculares de diversa gravedad, lo que vulnera de manera grave e indesmentible los derechos a la vida, y la integridad física y psíquica de estas víctimas. De igual modo, el INDH en su Informe Anual de 2019 documentó que Chile vivió la más grave crisis de derechos humanos desde el retorno de la democracia durante este periodo.
Por otra parte, en octubre de 2025, el Ministerio Público informó que a propósito de la crisis social recibió más de 12 mil denuncias por hechos cometidos por agentes del Estado, y que en más del 90% no fue posible identificar al agresor. A su vez, el INDH presentó 3 mil 247 querellas por delitos de violencia institucional, las que hasta julio de 2025 habían obtenido sólo 68 sentencias condenatorias, que se encuentran firmes y ejecutoriadas.
En este sentido, el INDH ha indicado que es imprescindible fortalecer los mecanismos para obtener verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. De hecho, en 2019 y en 2022 la institución elaboró una serie de recomendaciones al Estado de Chile respecto al debido uso de la fuerza, al derecho a la reunión pacífica y al acceso a la justicia de las víctimas. Estas recomendaciones han acrecentado su relevancia con el paso del tiempo.
Para finalizar, la abogada del INDH, Beatriz Contreras enfatizó que el INDH «seguirá ejerciendo su mandato legal acompañando a las víctimas, velando por el actuar del Estado y fiscalizando que las instituciones ejerzan su mandato en el marco de garantizar el respeto de los derechos humanos de todas y todos».