En el juicio, la Fiscalía probó la responsabilidad del sujeto.
La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de nulidad deducido por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a C.A.L. a la pena de 20 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio calificado. Ilícito perpetrado en julio de 2024, en la comuna.
Cabe recordar que el Tribunal Oral en lo Penal de La Serena condenó a 20 años de presidio al sujeto, de nacionalidad venezolana, luego que se acreditó por parte de la Fiscalía, el homicidio calificado de un profesional médico, hecho ocurrido en julio 2024, en la capital de la región de Coquimbo.
La Fiscalía investigó los hechos a través del sistema de análisis criminal, crimen organizado y alta complejidad y rindió todos sus medios de prueba pericial, testimonial, videográfica, entre otras, por este crimen.
La investigación fue llevada a cabo por personal de la Policía de Investigaciones, a través de la Brigada de Homicidios y del Equipo de Crimen Organizado y Homicidios, ECOH, de la Fiscalía.
Recordemos que, en la deliberación del juicio, el fiscal Nicolás Nicoreanu expuso que hubo dos circunstancias calificantes que consideró el tribunal y que hubo «prueba suficiente para arribar a veredicto condenatorio. Hubo un informe pericial bioquímico, con testigos civiles y policías, en un trabajo conjunto de la fiscalía con la brigada de homicidios que fue categórico», dijo
En el fallo unánime de la Corte, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Christian Le-Cerf Raby, Juan Carlos Espinosa Rojas y Juan Carlos Jorquera Peñaloza– descartó error de derecho en la sentencia recurrida, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, que condenó al recurrente.
“Que, en relación a la causal de impugnación intentada corresponde precisar que para que sea procedente la declaración de nulidad por este motivo de invalidación es necesario que en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho y que esta haya influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, por lo que corresponde, en la especie, determinar si el tribunal del juicio ha incurrido en la citada causal de invalidación atendido los antecedentes que invoca la defensa”, plantea el fallo.