En fallo unánime el tribunal aplicó, además, a Gay Mellado las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a Camilo Marcelo Gay Mellado a la pena de cumplimiento efectivo de 7 años de presidio, en calidad de autor del delito de consumado de homicidio simple. Ilícito cometido en junio de 2024, en la comuna de Vilcún.
En fallo unánime (causa rol 145-2025), el tribunal –constituido por las magistradas Priscilla Frantzen Cervantes (presidenta), Patricia Abollado Vivanco (redactora) y Cecilia Subiabre Tapia– aplicó, además, a Gay Mellado las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 23:40 horas del 2 de junio de 2024, en el interior de una vivienda ubicada en el sector Meto Norte de la comuna de Vilcún, el acusado Camilo Marcel Gay Mellado dio muerte a la víctima, a quien apuñaló en varias oportunidades, en la zona cérvico-torácica con un cuchillo de caza, provocándole cuatro lesiones cortopunzantes, una de las cuales le causó la muerte en el lugar por anemia aguda.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.