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TOP de Coyhaique condena a 13 años de presidio a autor de homicidio calificado en Lago Norte

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Carlos Astudillo Cerda (presidente), Belén Arancibia Agüero y Mónica Coloma Pulgar (redactora)– aplicó, además, a Cabezas Rodríguez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenó a Luis Eloy Cabezas Rodríguez a la pena de 13 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio calificado (alevosía). Ilícito perpetrado en marzo del año pasado, en la comuna.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Carlos Astudillo Cerda (presidente), Belén Arancibia Agüero y Mónica Coloma Pulgar (redactora)– aplicó, además, a Cabezas Rodríguez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

En la causa, el tribunal decretó la absolución de Cabezas Rodríguez de la acusación que le formuló el Ministerio Público, como autor del delito de porte ilegal de arma de fuego, al tenerla legalmente inscrita y entregado voluntariamente a la autoridad, “(…) por lo que estima el tribunal que tiene aplicación lo dispuesto en el artículo 14 C de la ley de control de armas que reza lo que sigue: En los delitos previstos en los artículos 9, 13 y 14, el tribunal podrá prescindir de toda pena si el imputado procede a la entrega voluntaria de las armas o elementos a las autoridades señaladas en el artículo 1º, sin que haya mediado actuación policial, judicial o del Ministerio Público de ninguna especie”.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decretó el comiso y destrucción del arma de fuego y arma blanca incautadas en el procedimiento policial.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 11:10 horas del 15 de marzo de 2025, “(…) Luis Eloy Cabezas Rodríguez se encontraba en el interior del predio ubicado en Ruta X-241 KM.30, sector Lago Norte, comuna de Coyhaique, lugar donde también se encontraba la víctima JHVP. Mientras la víctima se encontraba al interior del predio, específicamente en la camioneta placa patente única TZPK-87 y distante a una tranquera que mantenía el portón con candado, el imputado traspasa el portón y se dirige hacia donde se encontraba la víctima y, premunido de un arma de fuego, efectúa disparos hacia el cuerpo de la víctima, quien se encontraba desarmada, para luego la víctima bajar del móvil y caer al suelo con el imputado, oportunidad en la cual el imputado nuevamente agrede a la víctima con un arma blanca, infiriéndole un corte en una pierna de alrededor de 17 centímetros, tras lo cual la víctima pide auxilio y, mientras estaba siendo levantada y dirigida hacia la camioneta, el imputado vuelve a efectuar disparos al cuerpo de la víctima”.

A consecuencia de las agresiones, la víctima resultó con múltiples heridas por proyectiles balísticos y un politraumatismo, lesiones que le causaron la muerte debido a un hemotórax bilateral y shock hipovolémico.

 

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