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Compañero de Lucas Cepeda en el Elche es condenado a 8 años y medio de prisión por agresión sexual y lesiones

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Un tribunal de Valencia (España), que ha notificado la condena a ambas partes, pide que se investigue si los policías locales que acudieron a la casa de Bétera pudieron cometer falso testimonio

La Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia ha condenado a ocho años y medio de prisión al futbolista Rafa Mir, actualmente en el Elche CF y exjugador del Valencia CF, que fue juzgado el pasado 28 de mayo por un delito de agresión sexual y lesiones a una joven, cometido en la noche del 31 de agosto de 2024 en el domicilio del jugador de Bétera.

Además, el tribunal ha impuesto al segundo acusado, el también futbolista Pablo Jara, dos años y medio de prisión y el pago de una multa por un delito de agresión sexual, otro contra la integridad moral y uno leve de lesiones a una segunda joven amiga de la anterior.

La sala pide en la sentencia deducir testimonio —procedimiento similar a una denuncia— contra los policías locales de Bétera que acudieron al lugar de los hechos por si sus declaraciones en el juicio fueran constitutivas de un delito de falso testimonio.

Ambos futbolistas fueron juzgados el pasado 28 de mayo por agredir sexualmente a las jóvenes la noche del 31 de agosto al 1 de septiembre de 2024.

El tribunal considera a Mir autor de un delito de agresión sexual, por el que le impone siete años de cárcel, y de un delito de lesiones, para el que fija un año y seis meses de cárcel.

Además, la sentencia establece otras penas accesorias, como la prohibición de aproximación y de comunicación respecto a la víctima por un plazo de 13 años y 7 años de libertad vigilada, a cumplir con posterioridad a la pena privativa de libertad.

Contexto

Los hechos ocurrieron la noche del 31 de agosto al 1 de septiembre de 2024, cuando los ahora condenados conocieron a dos jóvenes en una discoteca de Valencia y se dirigieron luego al domicilio del primero de ellos, entonces jugador del Valencia CF, para continuar la fiesta.

En esa vivienda, ubicada en una urbanización de la localidad valenciana de Bétera, tal y como ha señalado en la resolución judicial, Mir agredió sexualmente en la piscina y en un cuarto de baño a una de las chicas.

También ha quedado acreditado que Jara agredió sexualmente, aunque sin acceso carnal, a la segunda joven en la piscina, para después echarla del chalé a empujones y dejarla en la calle semidesnuda.

La Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia entiende que la prueba practicada durante el juicio ha servido “para acreditar sin fisuras la comisión de los hechos propuestos por las acusaciones”.

Pruebas

Entre las pruebas consideradas por el tribunal se destaca la declaración testifical de las dos víctimas, que los magistrados califican de “convincente, consistente y coherente”, pues ha sido “mantenida de forma invariable a lo largo de toda la tramitación de la causa”, y se ha visto también “corroborada por datos periféricos, como son la declaración de testigos y el informe forense psicológico, ratificado y explicado en el plenario por las dos peritos”.

Frente a ello, “ninguna de las alegaciones defensivas ha tenido un sustrato fáctico en el que apoyarse ni un razonamiento lógico al que tener en cuenta”, precisa la sentencia.

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