La cifra de desocupación nacional llegó a 9,4%, la más alta en cinco años, según informó el Instituto Nacional de Estadísticas (INE). El dato se conoció el mismo día en que la Mesa de Reactivación Laboral —convocada por el ministro del Trabajo, Tomás Rau— entregó un informe con 22 propuestas para enfrentar la crisis de empleo, entre ellas fortalecer el artículo 161 sobre la causal de «necesidades de la empresa» y evaluar la eliminación gradual de la indemnización por años de servicio para nuevos contratos.
En este escenario, donde el despido por necesidades de la empresa ya es una de las causales más utilizadas para terminar la relación laboral y su marco legal está en discusión, Matías Espinoza, socio del área Laboral de GrupoDefensa.cl, entrega recomendaciones concretas para que los trabajadores no pierdan derechos al momento de ser despedidos bajo la legislación actualmente vigente.
- Nunca firmar el finiquito sin asesoría ni Reserva de Acciones y Derechos
Según explica el abogado, la Reserva de Acciones y Derechos es un texto que debe incorporarse a mano en todas las copias del finiquito. «Esto permite recibir las cantidades del finiquito y, además, demandar posteriormente, ya sea por despido injustificado o porque existan diferencias en los montos que correspondía pagar», señala Espinoza.
- Revisar que la carta de despido cumpla con lo que exige la ley
El segundo consejo es revisar la carta de aviso: debe señalar específicamente los motivos por los que se aplica la causal y los montos deben corresponder a lo legalmente exigido, como los años de servicio o el mes de aviso previo. «La mayoría de estos casos por necesidad de la empresa terminan siendo declarados injustificados, lo que da derecho a un recargo sobre la indemnización por años de servicio», afirma el socio de GrupoDefensa.cl.
- Los 60 días hábiles para demandar corren rápido
Espinoza recuerda que, por regla general, los trabajadores tienen solo 60 días hábiles para demandar tras el despido. «Actuar a tiempo es clave: pasado ese plazo, se pierde la posibilidad de reclamar», puntualiza.
La informalidad laboral no deja sin derechos
El abogado de GrupoDefensa.cl también aborda un punto frecuentemente desconocido: los trabajadores sin contrato escrito mantienen los mismos derechos que quienes sí lo tienen. «En Chile lo que importa es la realidad: si hay subordinación y dependencia, se cumple un horario, se reciben instrucciones y se paga una remuneración, existe relación laboral exista o no un contrato escrito», explica Espinoza. Esto incluye el derecho al ingreso mínimo, las cotizaciones de seguridad social y las indemnizaciones que correspondan en caso de despido.
Para quienes se encuentran en esta situación, la recomendación es reunir evidencia desde el primer día: «mensajes de WhatsApp, comprobantes de transferencias y, en lo posible, testigos que puedan acreditar la relación laboral», cierra el abogado.
Las propuestas de la Mesa de Reactivación Laboral —que incluyen fortalecer el artículo 161 y evaluar el fin de la indemnización por años de servicio para nuevos contratos— deberán tramitarse en el Congreso antes de convertirse en ley. Hasta entonces, es la normativa vigente la que rige los derechos de los trabajadores despedidos.