En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a Jonathan Poblete Muñoz las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos por el tiempo de la condena; más el pago de una multa de 40 UTM.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt condenó a Jonathan Ángelo Poblete Muñoz a la pena de 6 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Ilícito perpetrado en septiembre de 2024, en el sector de Piedra Azul.
En fallo unánime (causa rol 51-2026), el tribunal –integrado por los jueces Jorge Díaz Rojas (presidente), Andrés Villagra Ramírez y Francisco del Campo Toledo (redactor)– aplicó, además, a Poblete Muñoz las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos por el tiempo de la condena; más el pago de una multa de 40 UTM.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se ordenó el comiso y destrucción de las especies incautadas en los procedimientos policiales.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 11:35 horas del 13 de septiembre de 2024, en el marco de un control selectivo de vehículos por funcionarios de Carabineros del Retén Piedra Azul, en el kilómetro 12 de la Carretera Austral, comuna de Puerto Montt, “(…) Poblete Muñoz fue sorprendido conduciendo, en posesión y transportando al interior del vehículo marca Volkswagen, modelo Voyage, color blanco (…), un bolso tipo lonchera que en su interior mantenía diecisiete bolsas plásticas contenedoras de 149,54 gramos peso neto de marihuana”.
Posteriormente, bajo autorización voluntaria, se realizó la diligencia de entrada y registro al domicilio de Poblete Muñoz, ubicado en el sector de Metri, lugar donde mantenía “(…) siete carpas de cultivo tipo ‘indoor’ de diferentes tamaños para el cultivo de plantas del género cannabis, con sistemas de iluminación contenedores de cien tallos con raíces de cinco centímetros de cannabis sativa; cincuenta plantas de diferentes tamaños de cannabis sativa florecidos en sus respectivos maceteros; ciento treinta y ocho plantas de cannabis sativa que miden entre 28 a 87 centímetros de altura en sus respectivos maceteros, cien plantas tamaño mediano entre 12 a 18 centímetros de cannabis sativa, ciento cincuenta y ocho plantas de marihuana que miden entre 8 a 16 centímetros en proceso de crecimiento en maceteros de tamaño pequeños, con un total de 396 plantas del género cannabis de diferente tamaño, todas en proceso de cultivo y crecimiento”, añade.
La resolución agrega que: “Además, mantenía un kilo y ciento ochenta y siete gramos de hojas de marihuana en proceso de secado sobre una caja de plástico; doscientos setenta y dos gramos de marihuana elaborada en proceso de secado en una caja de cartón. Así mismo una pesa gramera digital color gris, un dosificador de metal y un dosificador plástico color amarillo y la suma de $15.000 en dinero en efectivo”.
“Atendida a la situación de flagrancia, al tipo de droga, cantidad, dosificación de la misma y especies incautadas, se puede presumir fundamente que no estaba destinada al uso personal exclusivo y próximo en el tiempo, sino que para la distribución y venta, sin autorización competente para aquello”, concluye.