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Duna Viva solicita exponer ante el Tribunal Constitucional por normas de la Ley Miscelánea

Los equipos intervinieron el sector adyacente a la planta y al emisario, sumándose a una jornada territorial que permitió retirar más de una tonelada de residuos en la bahía de Quintero y Puchuncaví.

La Fundación Yarur Bascuñán presentó un escrito ante el Tribunal Constitucional para intervenir en la audiencia pública del 12 de agosto, en el marco de los requerimientos de inconstitucionalidad contra disposiciones de la denominada Ley Miscelánea.

La Fundación Yarur Bascuñán, a través del movimiento Duna Viva, solicitó exponer ante el pleno del Tribunal Constitucional respecto de las normas que establecen un régimen especial de indemnización para titulares de proyectos cuyas Resoluciones de Calificación Ambiental sean anuladas. La presentación sostiene que dicho mecanismo altera principios fundamentales de la protección ambiental y puede terminar trasladando al Estado los costos derivados de proyectos declarados ilegales.

“Si un proyecto es declarado ilegal por la justicia, no corresponde que todos los chilenos terminemos pagando las consecuencias. Esta norma, en la práctica, puede transformarse en un subsidio a la ilegalidad ambiental, debilitando la responsabilidad de quienes impulsan o autorizan proyectos con vicios graves”, señaló Gabriel Muñoz, abogado de la Fundación Yarur Bascuñán y de Duna Viva.

La Fundación advirtió además que la modificación profundiza la asimetría entre grandes titulares de proyectos y comunidades u organizaciones ciudadanas, que deben financiar por años la defensa judicial del medioambiente sin recibir compensación alguna. A ello se suma el riesgo de generar incentivos contrarios a los principios preventivo y de responsabilidad ambiental, especialmente en ecosistemas frágiles.

Desde Duna Viva recordaron que la defensa del Campo Dunar de Concón constituye un ejemplo concreto de los efectos que una norma de este tipo podría producir. “Si este régimen hubiese existido antes, una empresa que intervino ilegalmente un área protegida podría haber terminado cobrando al Estado por las consecuencias de su propia ilegalidad. A nuestro juicio, ese cambio de paradigma es inconstitucional”, concluyó Muñoz.

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