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Diputado Teao alerta por uso de matrimonios y AUC simulados para radicarse en Rapa Nui y pide incluirlos en nueva ley

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El diputado Hotuiti Teao (Ind-UDI) pidió incorporar expresamente a Rapa Nui dentro de los proyectos de ley que buscan sancionar penalmente la celebración de matrimonios y Acuerdos de Unión Civil (AUC) simulados y utilizados para obtener beneficios migratorios o residencia en Chile.

El parlamentario planteó la solicitud durante su intervención en la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputadas y Diputados, instancia que se encuentra discutiendo las iniciativas destinadas a perseguir este tipo de vínculos ficticios.

Teao advirtió que, tal como están planteadas las propuestas, podría generarse un vacío respecto de la situación particular de Rapa Nui, donde la Ley N° 21.070 establece un régimen especial de residencia y permanencia destinado a proteger la capacidad de carga del territorio insular.

“La regla general es muy clara: toda persona chilena o extranjera que ingresa a Rapa Nui puede permanecer un máximo de 30 días. Para quedarse por más tiempo debe acreditar alguna de las calidades que expresamente establece la ley”, explicó el legislador.

Entre esas condiciones se encuentra ser cónyuge o conviviente civil de una persona perteneciente al pueblo Rapa Nui. Según señaló el diputado, han recibido antecedentes sobre personas que estarían recurriendo a acuerdos de unión civil sin que exista una relación efectiva, con el propósito de obtener esa calidad habilitante y permanecer de manera permanente en la isla.

“Hemos recibido antecedentes de que personas que, no teniendo una causal real que les permita radicarse en Rapa Nui, recurren a acuerdos de unión civil que no responden a una relación efectiva y real, sino que son utilizados como una estrategia para obtener esa calidad habilitante y quedarse permanentemente en el territorio”, sostuvo.

En ese sentido, Teao recalcó que “nadie está cuestionando los matrimonios ni tampoco los acuerdos de unión civil legítimos. Estamos hablando de utilizar fraudulentamente una institución creada para reconocer una relación de pareja, con el único propósito de burlar otra ley”.

El diputado recordó además que la propia Ley N° 21.070 ya considera como infracción grave celebrar contratos o alegar situaciones de hecho con el propósito de eludir sus disposiciones, conducta que puede ser sancionada con multas de entre 20 y 30 UTM. Sin embargo, sostuvo que los antecedentes conocidos hacen necesario fortalecer las herramientas disponibles frente a eventuales vínculos simulados.

Por ello, solicitó que durante la tramitación de los proyectos se incorpore expresamente como conducta sancionada la celebración de matrimonios o AUC ficticios destinados a obtener fraudulentamente la autorización para residir o permanecer en Rapa Nui.

“Aquí puede quedar un vacío en este nuevo proyecto. Cuando hablamos de obtener residencia en el país, en el caso de Rapa Nui es distinto. Podemos estar frente a dos ciudadanos chilenos que ya residen legalmente en Chile, pero que utilizan un vínculo ficticio para obtener fraudulentamente la habilitación especial que les permita radicarse en un territorio especial como lo es Rapa Nui”, advirtió.

En esa línea, sostuvo que la norma debe quedar redactada de manera explícita para evitar que estos casos dependan posteriormente de interpretaciones jurídicas.

“Si vamos a cerrar la puerta a los matrimonios y acuerdos de unión civil simulados, cerremos también esta puerta para Rapa Nui”, enfatizó.

Finalmente, Teao reafirmó que “la Ley 21.070 existe para proteger a la isla y, si contamos con mecanismos que están siendo utilizados para vulnerarla, tenemos la obligación también de cerrar esa puerta”.

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