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Feriados irrenunciables: por qué el descanso también es un derecho laboral. Por César Vargas Rojas, académico de Derecho de la UNAB

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La división de la estatal licitó un contrato a ocho años que reemplazó la totalidad de sus vehículos diésel por unidades cero emisiones, adelantándose a las metas corporativas de la cuprífera al 2030.

Tras las recientes Fiestas Patrias, vuelve a ser pertinente preguntarse por el sentido de los llamados feriados irrenunciables y, especialmente, por el derecho al descanso que existe detrás de estas jornadas. Cada año, estas fechas abren el debate sobre sus efectos en la actividad económica y el funcionamiento del comercio. Sin embargo, pocas veces se reflexiona sobre la razón fundamental que explica su existencia: la protección del derecho al descanso de los trabajadores.

Los feriados irrenunciables no son un privilegio arbitrario ni una concesión excepcional, sino que son una institución jurídica creada para garantizar que determinados días de especial relevancia social, familiar o nacional puedan ser efectivamente disfrutados por quienes trabajan, especialmente en sectores donde la continuidad de la actividad comercial podría impedir el ejercicio real de este derecho.

En Chile, la legislación contempla como feriados obligatorios e irrenunciables fechas como el 1 de mayo, el 18 y 19 de septiembre, el 25 de diciembre y el 1 de enero, principalmente para los trabajadores del comercio. Esta regulación busca establecer espacios de descanso que, por su relevancia, no queden sujetos exclusivamente a la posibilidad de negociar o acordar individualmente las condiciones de trabajo.

La regulación legal de estos feriados responde a un principio básico del Derecho del Trabajo, centrado en la protección de la parte más débil de la relación laboral. Si el descanso dependiera exclusivamente de acuerdos individuales, muchos trabajadores podrían verse presionados, directa o indirectamente, a prestar servicios en días destinados al encuentro familiar, la celebración de tradiciones nacionales o la recuperación física y mental. Es por ello que el legislador decidió establecer un descanso cuyo ejercicio no pueda ser renunciado ni negociado.

La importancia de esta normativa va más allá de una simple suspensión de actividades. En este punto, la OIT, basándose en numerosos estudios y en la propia experiencia, evidencia que el descanso adecuado contribuye a mejorar la salud física y psicológica, reduce los niveles de estrés y favorece una mejor calidad de vida. Asimismo, fortalece los vínculos familiares y sociales, aspectos esenciales para el bienestar de las personas y para la cohesión de una sociedad que busca equilibrar productividad con dignidad humana.

Por supuesto, la ley contempla excepciones para servicios cuya continuidad resulta indispensable para la comunidad, como farmacias de turno, expendios de combustible, restaurantes y otros rubros específicos. No obstante, incluso en estos casos se establecen mecanismos de compensación y resguardo para los trabajadores involucrados.

Después de una nueva celebración de Fiestas Patrias, la discusión sobre los feriados irrenunciables también permite volver la mirada hacia una dimensión menos visible de estas fechas: el derecho al descanso. En tiempos donde las exigencias laborales son cada vez mayores y donde la hiperconectividad parece extender la jornada más allá del lugar de trabajo, resulta oportuno recordar que el descanso no es un obstáculo para el desarrollo económico, sino una condición necesaria para un trabajo digno y sostenible.

Los feriados irrenunciables representan, precisamente, el reconocimiento legal de que las personas son mucho más que su función productiva. Defender estos espacios de descanso es, en definitiva, defender la dignidad del trabajo y el derecho de las familias chilenas a compartir momentos que forman parte de nuestra identidad y convivencia social.

 

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