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Vacaciones acumuladas: qué deben revisar las empresas antes de comenzar la temporada de verano

El simulacro reprodujo las exigencias formales de evaluación para escolares de cuatro establecimientos locales, en el marco de una alianza formativa con el Preuniversitario Pedro de Valdivia que busca reducir brechas y que acumula 400 beneficiarios en la zona.

  • Según el artículo 67 del Código del Trabajo, quien cumple un año continuo de servicios tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones con remuneración íntegra.
  • Contar con respaldo del feriado permite acreditar su otorgamiento ante una eventual fiscalización o controversia.

Con la temporada de verano cerca, las empresas en Chile deben revisar cómo gestionan las vacaciones de sus trabajadores. El artículo 67 del Código del Trabajo establece que quien cumple un año continuo de servicios tiene derecho a 15 días hábiles de feriado anual con remuneración íntegra, un derecho irrenunciable mientras subsista el contrato.

El artículo 70 permite acumular el feriado anual por acuerdo de las partes hasta por dos períodos consecutivos. Si un trabajador ya tiene dos períodos acumulados, el empleador debe otorgarle al menos el primero antes de que complete el año que le da derecho a un nuevo período. Además, el exceso sobre diez días hábiles puede fraccionarse de común acuerdo.

La ley indica que las vacaciones deben concederse de preferencia en primavera o verano, considerando las necesidades del servicio. Sin embargo, la Dirección del Trabajo ha señalado que corresponde al trabajador determinar, en primera instancia, cuándo hará uso de su feriado anual una vez que cumpla los requisitos, considerando las formalidades y excepciones establecidas por la normativa.

«Programar las vacaciones con anticipación es una buena práctica que beneficia tanto a las personas como a la organización. Conversar con los equipos permite coordinar bien las salidas, asegurar que todos puedan descansar y mantener la continuidad de la operación», explica Bárbara Kübler, gerenta de Personas de Talana.

La Dirección del Trabajo establece que la solicitud de feriado y la respuesta del empleador deben quedar por escrito, dejando constancia de la fecha en que se concederá el descanso. Mantener este respaldo permite acreditar el otorgamiento de las vacaciones y contar con documentación ante una eventual fiscalización.

Desde RR.HH., ordenar los saldos exige mantener al día el historial de períodos tomados, saldos disponibles y vacaciones proporcionales, y coordinar con anticipación las solicitudes con las jefaturas para no afectar la operación. Los sistemas digitales facilitan esa tarea al centralizar la información y automatizar los cálculos.

“La planificación de las vacaciones debería comenzar antes de la temporada de verano. Mantener los saldos actualizados y detectar con anticipación a quienes acumulan períodos permite coordinar el descanso con las necesidades de la empresa y evitar que la gestión se concentre a fin de año”, agrega Kübler.

 

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