Satisfacción y tranquilidad existe en los vecinos de Quintay luego del fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que acogió el recurso de protección interpuesto por esta comunidad y que a la vez ordena a la seremía de salud, al comité de agua potable rural y al municipio de Casablanca, asegurar el abastecimiento de agua potable a los habitantes de este poblado costero.
Un fallo que cambiará las precarias condiciones de obtención del vital elemento, actualmente desde estanques dispuyestos por el municipio, a un abastecimiento de 400 mil litros diarios, antes de seis meses según indica el fallo judicial, lo que fue destacado por el abogado Gabriel Muñoz, quien representa a la comunidad a través de la junta de vecinos local. El profesional destacó las características históricas de este fallo.
Un fallo que indica que «se ordena al Comité APR de Quintay, realizar en el más breve plazo, que no podrá exceder de seis meses contados desde la fecha del presente fallo, la instalación de Filtro Abatidor de Hierro, Manganeso y de la Planta de Osmosis Inversa que le permitir obtener 400.000 litros de agua al día… Se ordena, asimismo, a dicho Comité, que dentro del
plazo señalado, con independencia de la instalación de las obras aludidas en el punto anterior, deber proveer agua potable a la comunidad de Quintay, ajustada a la norma contenida en el Decreto 735, Ministerio de Salud, la que deber ser apta para el consumo humano».

Agrega que «Se ordena a la I. Municipalidad de Casablanca, que ajuste las instalaciones de sus estanques a la normativa vigente, debiendo dar cumplimiento, de inmediato, a las observaciones que emanen de la Seremi de Salud, con la finalidad de proveer de agua potable a la comunidad de Quintay quien, por el momento, no cuenta con ninguna otra fuente de agua consumible. Sin perjuicio de lo resuelto, se instruye a la Seremi de Salud de la V Región, que deber dar estricto cumplimiento a las obligaciones fiscalizadoras que emanan del Decreto 735, del Ministerio de Salud y mientras no rija la Ley 20.998, sobre
Servicios Sanitarios Rurales, en forma periódica, eficaz y oportuna, atendida la deficiencia sanitaria que se advierte en la comunidad de Quintay».