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Tras solicitud de diputado Mulet: Cámara resolverá si invariabilidad tributaria requiere reforma constitucional

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La Mesa Directiva de la Cámara comunicará este próximo 4 de mayo su análisis al requisito obligatorio de una reforma constitucional para poder tramitar la invariabilidad tributaria por 25 años propuesta por el Gobierno en su proyecto de “Reconstrucción Nacional”. La solicitud fue realizada por el diputado presidente de la Comisión de Constitución, Jaime Mulet (Federación Regionalista Verde Social), quien advirtió que “no podemos saltar la Constitución y comprometer al país durante 25 años con una ley común”.

Al respecto, Mulet declaró que “la norma sobre invariabilidad tributaria que está en el proyecto del Gobierno requiere reforma constitucional para que sea válida. Eso se lo avisé al Gobierno, al presidente de la Cámara y al secretario general; antes de que llegue el proyecto para que pase por la Comisión de Constitución y la norma sea de carácter constitucional porque es una reforma”.

Según explicó, “la soberanía del poder reside en la nación y pueblo que lo delega. Chile es una república democrática, y ese poder lo delega al Presidente y al Congreso cada cuatro años. Si quiero comprometer una norma y declararla invariable por 25 años, se requiere una reforma constitucional porque comprometo futuras soberanías”.

“Puedes gobernar cuatro años, pero para que el Estado de Chile se comprometa a través de un contrato o ley a una invariabilidad tributaria por 25 años se requiere reforma constitucional porque pasa por sobre las leyes normales. ¿Se puede hacer? Sí, pero con reforma constitucional. Lo demás es ilegal y abre la posibilidad de recurrir al Tribunal Constitucional. Por eso creo que es importante que las cosas se hagan bien desde el principio”, enfatizó.

Finalmente, el parlamentario advirtió que de lo contrario, “va a haber un espacio para recurrir al TC –y creo que hay que hacerlo– porque no podemos saltar la Constitución y comprometer al país durante 25 años a través de un invariabilidad tributaria en contratos o leyes con un conjunto de empresas con una ley común. Eso no”.

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