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Gobierno evalúa ley corta tras rechazo del TC a recurso contra norma para reposición de servicios básicos

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Según consigna el sitio Aquí y Ahora, el Gobierno evalúa ingresar una ley corta para modificar los plazos de reconexión de servicios básicos contemplados en la denominada megarreforma, luego de que el Tribunal Constitucional (TC) rechazara el requerimiento presentado por el Ejecutivo contra la norma.

Por nueve votos contra uno, el organismo resolvió mantener el artículo 31 de la Ley de Reconstrucción Nacional, que obliga a las empresas concesionarias de electricidad, gas y servicios sanitarios a restituir gratuitamente el suministro a clientes residenciales y micro, pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas declaradas bajo estado de catástrofe.

La disposición establece un plazo máximo de 48 horas para la reconexión de electricidad y gas, mientras que para los servicios de agua potable y alcantarillado fija un límite de 24 horas. La obligación también regirá cuando el suministro haya sido suspendido previamente por falta de pago.

Tras el fallo, en La Moneda comenzaron a trabajar en una nueva iniciativa destinada, al menos, a modificar el plazo aplicable a la electricidad y el gas. El proyecto sería presentado una vez que se promulgue la Ley de Reconstrucción Nacional, con el objetivo de facilitar la aplicación de la norma y compatibilizarla con las exigencias técnicas y de seguridad del sector.

Durante los alegatos ante el TC, el abogado Joaquín Palma, representante del Presidente José Antonio Kast, sostuvo que los plazos fueron incorporados sin un análisis técnico suficiente y advirtió sobre los riesgos que podría implicar una reconexión apresurada.

El jurista señaló que, en el caso del gas, la regulación vigente exige revisar previamente las instalaciones interiores de cada cliente para evitar fugas o explosiones. Además, afirmó que el artículo no fue analizado por las comisiones de Energía ni de Obras Públicas y que las empresas concesionarias no fueron escuchadas durante su tramitación.

El fallo del Tribunal Constitucional es inapelable, por lo que el Ejecutivo deberá promulgar la norma aprobada por el Congreso y posteriormente buscar los respaldos necesarios para modificarla mediante un nuevo proyecto de ley.

 

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