Las declaraciones de la exministra Mara Sedini provocaron una intensa discusión política. Sus dichos dieron lugar a recriminaciones cruzadas, opiniones de exvoceros de distintos sectores y una respuesta prudente desde La Moneda, que optó por restar dramatismo a la controversia.
Es probable que la polémica tenga una vida corta. Las controversias políticas suelen prolongarse cuando existe un componente institucional, como una denuncia de ilegalidad o corrupción que involucre a autoridades en ejercicio, como ocurrió con el “caso fundaciones”. Aquí ocurre algo distinto. Sedini relató, en ejercicio de su libertad de expresión, una experiencia personal sobre su paso por el Gobierno: afirmó que se sintió limitada, que no pudo actuar con autenticidad y que el entorno de asesores presidenciales terminó debilitando su labor.
Son apreciaciones subjetivas que difícilmente pueden confirmarse o desmentirse y que, por lo mismo, no generan consecuencias jurídicas. Se trata de una controversia que se alimenta principalmente de reacciones políticas y mediáticas, las que suelen agotarse con rapidez.
Sin embargo, la discusión vuelve a instalar una idea recurrente en la política chilena: la existencia de un poder no ministerial —el denominado Segundo Piso— con capacidad para influir en las decisiones del Gobierno. Esa percepción no es exclusiva de la actual administración; también estuvo presente durante los gobiernos de Piñera, Bachelet y Boric. Más allá de la polémica puntual, reaparece una pregunta de fondo: ¿quiénes ejercen realmente el poder cuando se toman las decisiones más relevantes para el país?
Las críticas dirigidas a Sedini tampoco se han centrado en una eventual infracción legal, sino en la supuesta vulneración de un deber de lealtad. Se sostiene que quienes dejan un cargo de gobierno deben guardar reserva sobre lo vivido y proteger la confianza depositada por el Presidente. No es casual que exvoceros de administraciones políticamente muy distintas coincidan en esa idea.
Lo llamativo es que esa convención política parece exigir un nivel de silencio mucho mayor que el que establece el propio derecho. No se trata de una práctica ilegítima, pero sí de una regla imprecisa, porque no distingue situaciones profundamente diferentes. Los delitos y las irregularidades nunca pueden quedar amparados por la reserva; por el contrario, existe el deber legal de denunciarlos. Muy distinto es el caso de las deliberaciones internas, cuyo resguardo resulta indispensable para el funcionamiento del Gobierno.
El relato de Sedini no parece encajar plenamente en ninguna de esas categorías. No denuncia ilícitos ni revela deliberaciones decisorias. Describe el trato que recibió y el comportamiento de asesores sin responsabilidad ministerial directa. En ese contexto, la apelación a la lealtad parece orientada más a proteger la reputación de quienes ejercen influencia que a resguardar decisiones institucionales.
La discusión de fondo, entonces, no consiste en determinar si Sedini fue leal o desleal. El verdadero desafío es precisar qué protege ese deber de reserva, cuáles son sus límites y cuánto tiempo subsiste. Mientras esas fronteras permanezcan difusas, este tipo de controversias seguirá reapareciendo cada vez que una exautoridad decida contar su experiencia.