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Amenazas en redes sociales: el difícil límite entre privacidad y seguridad. Por Patricio Campos, CEO de Resility y especialista en ciberseguridad

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La reciente amenaza contra la rectora del Instituto Nacional volvió a poner sobre la mesa una pregunta cada día más relevante: ¿pueden las plataformas digitales entregar información a las policías sin una orden judicial cuando existe un riesgo concreto para la vida de una persona?

La respuesta nos exige distinguir entre una investigación penal ordinaria y una situación de emergencia. Sitios como Meta cuentan con mecanismos de cooperación para casos en que existe un riesgo de daño físico o una amenaza inminente. Es más, la empresa informó que en 2024 recibió más de 9.000 solicitudes de emergencia de autoridades estadounidenses, que fueron resueltas, en promedio, en 67 minutos.

En esas circunstancias, la prioridad es evitar que una intimidación creíble se transforme en un hecho irreversible.

Esto no significa que la privacidad digital haya dejado de importar. Al contrario. Sigue siendo un derecho fundamental y requiere especial protección cuando involucra a menores de edad. El desafío está en establecer un equilibrio razonable entre ese derecho y la obligación de actuar frente a un peligro determinado.

En el caso conocido esta semana, Meta alertó a la PDI y la Brigada de Cibercrimen realizó posteriormente un trabajo de análisis y revisión de fuentes abiertas que permitió identificar a la autora de la amenaza. Es importante destacar esta secuencia. Es decir, una alerta de la plataforma no reemplaza una investigación policial ni una autorización judicial cuando esta corresponde; permite activar una respuesta urgente ante un riesgo potencial.

La inteligencia artificial tiene aquí un papel creciente. Las plataformas utilizan sistemas automatizados para detectar patrones asociados a amenazas, violencia y otros contenidos de riesgo. Esto abre oportunidades para anticiparse a situaciones potencialmente graves, pero también plantea preguntas sobre cómo se toman esas decisiones y qué mecanismos de supervisión existen.

El objetivo no debería ser escoger entre privacidad y seguridad. Necesitamos ambas. Las plataformas deben contar con mecanismos excepcionales para reaccionar ante amenazas inminentes, mientras las policías y fiscalías deben utilizar esa información dentro de investigaciones rigurosas, proporcionales y sujetas a las garantías que establece la ley.

En el mundo digital, la privacidad no puede convertirse en un obstáculo para prevenir una tragedia, pero la seguridad tampoco puede transformarse en una excusa para eliminar la privacidad. El desafío está precisamente en construir ese límite.

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