Las Fiestas Patrias no suspenden la vigencia de la ley. Autoridades y fiscalizadores pondrán especial foco en el consumo de alcohol en la vía pública, imprudencias viales, el uso de hilo curado y el comercio o uso de parrillas en zonas no habilitadas.
Con motivo de las celebraciones de Fiestas Patrias, se genera un aumento masivo de desplazamientos y una alta concentración de personas en espacios públicos, contexto en el que suelen incrementarse de forma sustancial las infracciones de tránsito, faltas comunitarias e ilícitos. Ante este escenario, la recomendación es la prevención y la información para evitar multas elevadas, la suspensión de documentos e incluso penas privativas de libertad.
Entre las faltas de tránsito más graves y recurrentes destacan la conducción bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, no respetar la luz roja o señal PARE, manipular el teléfono celular, incluso cuando el vehículo está detenido en un semáforo, no usar cinturón de seguridad o transportar niños sin el sistema de retención infantil adecuado. Asimismo, estacionar en veredas, pasos peatonales o accesos de emergencia, transportar pasajeros en la zona de carga de camionetas o manejar con cansancio extremo son conductas fiscalizadas. En materia de velocidad, sobrepasar el límite en más de 60 km/h constituye una infracción gravísima sancionada con prisión o multas de hasta 10 UTM y la suspensión de la licencia de 6 meses a 2 años.
Sobre las medidas de autocuidado al volante, Andrés Celedón, abogado y académico de la Universidad Autónoma, señala que «muchas personas creen falsamente que durante Fiestas Patrias hay una especie de tolerancia o flexibilización normativa, pero la ley aplica con la misma fuerza. En materia de tránsito, el llamado es categórico: si va a consumir alcohol, la única opción es no manejar. Las consecuencias por conducir bajo sus efectos van desde suspensiones de licencia por años y multas elevadas, hasta penas de prisión si se generan accidentes o si existe negativa a realizarse el alcotest. Además, manipular el celular mientras se espera la luz verde es una falta gravísima que cuesta hasta 3 UTM y la suspensión del documento».
A nivel de espacios públicos y lugares de celebración, se recuerdan prohibiciones que suelen cometerse por desconocimiento. Beber alcohol en calles, plazas o estacionamientos fuera de las fondas autorizadas no está permitido y conlleva multas de 1 UTM. Del mismo modo, encender parrillas, fogatas o hacer quemas en bienes públicos sin permiso municipal representa un alto riesgo de incendio y está sancionado, al igual que arrojar basura en parques y riberas, la fabricación o uso de hilo curado, el uso de fuegos artificiales sin autorización y la venta no regularizada de alimentos o alcohol sin patentes o permisos sanitarios.
En ese sentido, el académico Andrés Celedón enfatiza que «vemos de manera recurrente infracciones cometidas por desinformación. La autorización comercial de una ramada no se extiende a sus alrededores ni a la vía pública. Tampoco está permitido instalar parrillas en parques o plazas si el municipio no lo ha dispuesto explícitamente, o estacionar sobre las aceras asumiendo una mayor tolerancia festiva. Respetar estas reglas básicas y planificar las celebraciones en lugares debidamente habilitados es la clave para disfrutar tranquilos y evitar sanciones».
En definitiva, la legislación se mantiene plenamente vigente durante las festividades. Las sanciones dependen de la gravedad del hecho y de si existen reincidencias, por lo que el llamado final es a festejar con responsabilidad, en zonas autorizadas y garantizando la seguridad de la comunidad
Sobre la bandera
En Chile, la instalación del Pabellón Patrio en viviendas particulares es obligatoria únicamente los días 18 y 19 de septiembre. No exhibirlo en dichas fechas, o colocarlo de forma errónea (como invertir sus colores o situar la estrella azul en la esquina superior derecha del espectador), constituye una infracción normada por la legislación vigente. La fiscalización está a cargo de Carabineros de Chile, institución que notifica las infracciones ante los Juzgados de Policía Local, donde las sanciones aplicables pueden fluctuar entre 1 y 5 UTM (aproximadamente entre $71.000 y $358.000 pesos). En el caso de los condominios y edificios residenciales, el cumplimiento de la norma a nivel de la comunidad exime a cada departamento de colocar un emblema individual.