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Cementerios de animales y derechos fundamentales. Por Ulises Medina, Académico Carrera de Derecho Universidad de Las Américas, Sede Concepción

El programa de reciclaje orgánico desarrollado en Concón, con financiamiento de Enap y la participación de establecimientos gastronómicos y hoteleros…

En el último siglo, los cementerios de animales han proliferado como parte del sincretismo cultural contemporáneo. Sin embargo, sus antecedentes se remontan a la antigüedad. En Egipto, por ejemplo, se practicaba esta momificación como tributo mortuorio, mientras que en Grecia y Roma se han encontrado tumbas con epitafios dedicados a ellos.
Entre los vestigios más arcaicos destaca el cementerio de animales de la ciudad de Ascalón, ubicada en la costa del mar Mediterráneo, que data de los siglos V y IV a. C. y constituye uno de los más grandes de dicho período y de varios anteriores al del puerto romano de Berenice. En la época moderna, el primer cementerio de animales se creó en Londres en 1881, logrando extender la práctica por el resto de Europa y Estados Unidos.
En Chile, también se ha popularizado en los últimos años. La Región del Biobío es un ejemplo de esta tendencia, con cementerios de mascotas de gran extensión en San Pedro de la Paz y en el sector de Lenga, en Hualpén.
Sin embargo, han surgido voces críticas ante la falta de regulación jurídica específica, en particular en el Código Sanitario y en el Reglamento General de Cementerios. Este último define el cementerio como un lugar destinado a la inhumación de restos humanos y solo hace referencia a los animales en el artículo 7°, al exigir cierres perimetrales que impidan su ingreso.
Por su parte, el Código Sanitario aborda la disposición de animales muertos únicamente en su artículo 31, que faculta a los Servicios de Salud para sacrificarlos en caso de epidemia. Desde una interpretación estricta de la normativa, sus restos podrían quedar sujetos al régimen de residuos, por lo que correspondería determinar su tratamiento conforme al título II de dicho cuerpo legal.
En la cuenta pública de 2025, se anunció la creación de cementerios para mascotas, ante la falta de espacios oficiales de sepultura y los riesgos sanitarios y medioambientales asociados a esta situación. A más de un año del anuncio, esta iniciativa sigue siendo un desafío pendiente, no solo por sus implicancias sanitarias y ecosistémicas, sino también por la necesidad de dignificar el recuerdo de nuestros seres queridos sintientes.
Desde la perspectiva de los derechos fundamentales, en particular en lo relativo al resguardo del patrimonio inmaterial, el culto y la memoria histórica, cobra relevancia contar con espacios de sepultura que honren a quienes se ha amado, incluso más allá de la propia humanidad.

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