La Ley de Escuelas Protegidas busca responder a una preocupación legítima: dotar a los colegios de herramientas para enfrentar situaciones de riesgo y violencia. Pero existe una diferencia importante entre dictar una ley y aplicarla correctamente.
La experiencia demuestra que las mayores contingencias no surgen por falta de normas, sino por procedimientos deficientes. Esta ley contempla facultades de revisión y situaciones que pueden derivar en la intervención de Carabineros. Ello obliga a los sostenedores y directivos a revisar con urgencia sus reglamentos internos.
Un reglamento mal diseñado genera riesgos significativos: vulneraciones al debido proceso, conflictos con derechos y garantías de NNA, sanciones e incluso responsabilidad civil por los daños. No bastan las facultades; es indispensable definir claramente quién actúa, qué resguardos existen y los límites de cada intervención.
La historia reciente entrega una advertencia que no debe ignorarse. Lo ocurrido en la Alianza Francesa demostró cómo procedimientos mal regulados, aplicados en contextos complejos, pueden derivar en consecuencias irreparables.
Una escuela protegida no puede transformarse en una escuela policial. Eso exige reglas claras, capacitación y protocolos sólidos. La ley entrega herramientas; utilizarlas correctamente es responsabilidad de cada establecimiento y el costo de hacerlo mal puede superar cualquier sanción administrativa.