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7° TOP de Santiago condena a autor de porte de ilegal de arma adaptable y munición de guerra

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En fallo unánime, el tribunal condenó a Dimitri Andrés Rodríguez Suazo a dos penas de cumplimiento efectivo de 3 años y un día de presidio, en calidad de autor de los delitos consumado de porte de ilegal de arma adaptable o modificable y porte ilegal de munición de guerra o fuera de uso civil. Ilícitos perpetrados en mayo de 2024, en la comuna de La Florida.

El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Dimitri Andrés Rodríguez Suazo a la pena de cumplimiento efectivo de 3 años y un día de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito consumado de porte de ilegal de arma adaptable o modificable. Ilícito perpetrado en mayo de 2024, en la comuna de La Florida.

En fallo unánime (causa rol 111-2026), el tribunal –integrado por los jueces Manuel Guerrero González (presidente), Colomba Guerrero Rosen e Ingrid Droguett Torres (redactora)– condenó, además, al acusado Rodríguez Suazo a una segunda pena de 3 años y un día de presidio efectivo, y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de porte ilegal de munición  de guerra o fuera de uso civil.

En la causa, el tribunal condenó a Rodríguez Suazo al pago de una multa de una unidad tributaria mensual, como autor de la falta consumada de ocultación de identidad. Multa que se dio por cumplida con tres días de abono certificado por ministro de fe del tribunal.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Además, de decretó el comiso de las especies incautadas en el procedimiento policial.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que: “En horas de la tarde del 27 de mayo de 2024, personal de Carabineros realizaba patrullaje preventivo, por avenida Bahía Catalina dirección al sur, efectuando un control de identidad a Dimitri Andrés Rodríguez Suazo, quien caminaba por calle Jorge Cisternas Lema frente al N°1677 en la comuna de La Florida, solicitándole los funcionarios documentación que acreditara su identidad, negándose además en reiteradas ocasiones a proporcionarla.
Por lo anterior, se procede a su detención por el delito de ocultación de identidad, dándole a conocer sus derechos, fue entonces que al seguir el protocolo de detención y proceder a esposarlo se percatan los funcionarios que Rodríguez Suazo portaba en su vestimenta, en su chaqueta: una pistola a fogueo marca Bruni (BBM), modelo Police, calibre 8 milímetros, con su respectivo cargador, no modificada; además en el bolsillo del pantalón portaba dos municiones de guerra calibre 5.56 milímetros (1 CBC y otra F08) ambos sin percutar, dándole a conocer sus derechos y el motivo de su detención.
Cabe hacer presente que el acusado no cuenta con ningún tipo de autorización o inscripción para tener en su poder la pistola a fogueo ni las municiones de guerra”.

Decisión acordada con el voto en contra de la magistrada Guerrero Rosen.

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