El Tribunal Constitucional (TC) determinó este jueves acoger parcialmente los requerimientos de inconstitucionalidad presentados por grupos parlamentarios contra diversas normas contenidas en el proyecto de ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social.
Tras la sesión del Pleno, el tribunal resolvió acoger parcialmente los reparos formulados contra el artículo 29, que establece un régimen de invariabilidad tributaria para inversionistas extranjeros y locales.
En concreto, el TC declaró inconstitucionales cuatro disposiciones de dicho artículo:
La expresión “entre otros”, contenida en el párrafo primero del numeral 1, denominado “De la inversión extranjera y del contrato de inversión”.
La frase “Con todo, en circunstancias calificadas, el Ministerio de Hacienda podrá extender dicho plazo previo informe de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera”, contenida en el párrafo séptimo del numeral 1.
La frase “o por la ejecución de proyectos conexos”, contenida en el párrafo tercero del literal A del numeral 2, referido a los derechos y obligaciones de la inversión extranjera.
El numeral 4 íntegramente, en el que se regulan los denominados “proyectos conexos”.
TC elimina indemnización asociada a anulación de RCA
Uno de los principales puntos de la resolución corresponde a los artículos 12 y 13 del proyecto, respecto de los cuales el Tribunal Constitucional resolvió declarar su inconstitucionalidad íntegramente.
Ambas disposiciones establecían un derecho a indemnización ante la anulación judicial firme de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
De esta manera, dicha regulación no podrá incorporarse al texto legal en los términos cuestionados ante el Tribunal Constitucional.
Restricción a reclamaciones ambientales también es declarada inconstitucional
El TC también acogió el requerimiento respecto de la frase “que no hayan sido evaluados y”, contenida en el artículo 11 N° 4 del proyecto, que incorpora un nuevo artículo 20 a la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
La norma cuestionada establecía una limitación para quienes no hubieran formulado observaciones durante el proceso de participación ciudadana, permitiéndoles fundar posteriormente su reclamación en aspectos “que no hayan sido evaluados” y que les generaran una afectación directa.
El Tribunal resolvió declarar inconstitucional dicha frase.
Otras normas impugnadas fueron rechazadas
En las demás disposiciones cuestionadas por los parlamentarios, el Tribunal Constitucional resolvió rechazar los requerimientos, por lo que no fueron acogidos los reproches de inconstitucionalidad formulados respecto de ellas.
La decisión corresponde a los roles N° 17.828-26, N° 17.829-26 y N° 17.832-26, acumulados, y fue adoptada por el Pleno del Tribunal Constitucional tras escuchar los alegatos de las partes.
El comunicado del TC señala que las votaciones respectivas, junto con los fundamentos de la sentencia, las eventuales disidencias y prevenciones, serán dadas a conocer dentro del plazo establecido por la Constitución y la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional.


REACCIONES
Diputado Jaime Coloma (UDI), integrante de la Comisión de Hacienda: «Valoramos que el Tribunal Constitucional haya ratificado casi la totalidad de la invariabilidad tributaria, porque permitirá entregar una señal potente de certeza y confianza a quienes quieran volver a invertir en Chile, después de tantos años en que nuestro país fue perdiendo competitividad a nivel internacional. Esta decisión también demuestra la seriedad y responsabilidad con que el Gobierno y el oficialismo tramitaron la Ley de Reconstrucción Nacional, pese a encontrarnos siempre con una oposición que nunca quiso sumarse con propuestas serias y optó, permanentemente, por obstaculizar su avance. Con esto comienza a cerrarse definitivamente la tramitación de una reforma que será clave para volver a poner a Chile de pie. Ahora esperamos su pronta promulgación y que sus efectos comiencen a sentirse cuanto antes, con mayor inversión, crecimiento y, sobre todo, más empleos, para así enfrentar la actual emergencia laboral que estamos viviendo».
Senador Diego Ibáñez (Frente Amplio)
Diputado Marcos Barraza (Partido Comunista), uno de los impulsores de llevar ante el Tribunal Constitucional el corazón de la Megarreforma: “El fallo del Tribunal Constitucional debe ser analizado en profundidad, pero en principio nos dio la razón en cuestiones importantes. Logramos ponerle límites a aspectos del candado tributario que se pretendía entregar a grandes inversionistas y se declararon inconstitucionales las normas que establecían indemnizaciones por la anulación de permisos ambientales. No conseguimos que se acogiera todo el requerimiento, y eso también hay que decirlo. Pero este fallo demuestra algo de fondo, la reconstrucción no puede ser utilizada como excusa para aprobar privilegios tributarios ni para debilitar las reglas ambientales. Ahora vamos a esperar la sentencia, pero hoy queda claro que haber recurrido al Tribunal Constitucional era y sigue siendo justo y necesario”.
Diputado César Valenzuela (Partido Socialista) por fallo del TC: «Si bien es cierto, obtuvimos un triunfo en materia de la indemnización por revocación de permiso ambiental, también es cierto que, lamentablemente, no obtuvimos el resultado esperado en lo que se refiere a invariabilidad tributaria. Y es por eso que será tarea de los sectores políticos de la oposición revertir una política que a todas luces es perjudicial para Chile».
Jefe de bancada Renovación Nacional, Diego Schalper, por fallo del TC: «Por supuesto que el fallo del Tribunal Constitucional se acata, pero en lo medular el, la invariabilidad tributaria se mantiene inalterada y, por lo tanto, esto es un triunfo del planteamiento del gobierno. En lo relativo a la anulación de la Resolución de calificación ambiental, la RCA se declara inconstitucional, tendremos que conocer los motivos de esa declaración. Lo mismo respecto a las microlocalizaciones, que evidentemente eso va a tener impacto en la salmunicultura. La eliminación de la expresión, entre otras, básicamente, lo que impacta es que, aparentemente, no se buscaba una cláusula abierta, eso también tendremos que revisar el contenido del fallo. Pero en lo medular, que era el objetivo central de de la oposición, que era terminar con la invariabilidad tributaria, bajo una argumentación que a mí, en lo personal, siempre me pareció un poquito estirada, hay que reconocer que el Tribunal Constitucional ha rechazado ese planteamiento y, por lo tanto, la invariabilidad permanece inalterada en lo medular».
Presidente del PPD, diputado Raúl Soto, por fallo del TC
Senador Iván Flores (Democracia Cristiana)
Diputado Jaime Mulet (FRVS) califica como “triunfo parcial” decisiones adoptadas por el Tribunal Constitucional.